miércoles, 18 de julio de 2018

FERIA DE EL CARMEN 2018


Desde el lunes en la noche me debía esta publicación pero por la carga de trabajo, no había podido escribir.
Visita obligada a El Carmen.
Juegos para Sofía. Distracciones y comida para todos.
Después de revisar brevemente cuatro calles de la gran feria que se instala en los alrededores de este bello Templo, decidimos cenar en uno de tantos puestos.
Osbe ya se había comprado unos esquites. Sofi pidió un agua de jamaica. Yo, una pelona.
El mesero, mientras le hacía mi pedido, me ofrecía muchas otras cosas: "tenemos mole de panza" y no se qué otras cosas más me recitó de memoria a las cuales no hice caso ya que a mi se me antojaba una pelona y nada mas.
Toma la orden y se va.
Regresa con el agua de Sofi y Osbe le pregunta: "¿Tiene botellas de agua simple?" a lo que el mesero le responde con un silencio como de 7 segundos (eternos, en los cuales se le quedaba viendo a Osbe como tratando de procesar la difícil pregunta)... y después de ese momento incómodo, al fin articula “No. No vendemos botellas de agua simple”.
Ok. Se va.
Regresa.
Me informa que no me puede vender una pelona. Que la orden viene de dos. Muy bien, le digo. Traéme las dos.
Se va.
Me trae las pelonas y nos las empacamos entre Osbe y yo. A Sofi se le han antojado los esquites de Osbe y les da un buen baje.
Terminamos de merendar y el mesero está en la mesa que está atrás de mi y le pido la cuenta. Se voltea a verme y me dice “Si, claro. ¿Quién los está atendiendo?”. A lo que le contesto “¡Tú!”. Sonrie nervioso y pide tiempo para traer la cuenta.
Lo vemos que se hace bolas con atender sus mesas y preguntarle a otro compañero mesero cuánto nos debe cobrar. Nos paramos y vamos hacia este segundo personaje, que se ve más dueño de la situación.
Pagamos y nos incorporamos al mar de gente que a duras penas nos deja avanzar por la 17 Oriente, para poder llegar a la 3 sur y tomar el taxi que nos llevará de regreso a casa.

Definitivamente, quien se llevó la noche fue nuestro mesero y su “¿Quién los está atendiendo?”.
¿Drogado, tomado o simplemente no le sube el agua al tinaco?
Lo que fuera.
Diría mi papá: me gustaría ser caricaturista para poder inmortalizar el momento.
Pero como no lo soy, lo escribo para recordar lo que nos sucedió un 16 de Julio de 2018, veintidós años después de que fui a cenar unas chalupas sobre la 16 de Septiembre con mis amigos a las 12 de la noche para que pensara en otra cosa que no fuera que estábamos velando a mi papá.

martes, 6 de marzo de 2018

¿Y SI NO ME HAN ENVIADO MI FACTURA?

Una vez más me marcó Don Chonchete Billete. La dulce voz de su secretaria, la señorita Nachita Bustos me anunciaba que me transfería la llamada.

Y sin mediar saludo, a bocajarro me dice mi cliente:
- Oye conta. Pagué dos mil quinientos pesos de una consulta al urólogo y no me han enviado mi factura. ¿Qué se hace?

- Buenos días, Don Chonchete. Mire antes se presentaba un escrito en el SAT y no pasaba nada. Pero ahora han habilitado un sitio en su página de internet en el cual se puede reportar a cualquier proveedor que no haya expedido factura.
La dirección es:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/Solicitud_No_emi_Fac.aspx

Hay que dar clic en donde dice "REGISTRA TU SOLICITUD POR LA NO EMISIÓN DE FACTURA". Si tiene más dudas, consulte el manual del usuario que viene ahí mismo.

Una vez en el sitio, aparece las siguientes pantallas:



Los datos estrictamente obligatorios son los siguientes:

- Entidad federativa donde ocurrieron lo hechos
- Fecha de los hechos
- Breve descripción de los hechos.
- Monto de la operación
- Forma de pago
- El RFC de la persona que denuncia el hecho
- Correo electrónico de la persona que denuncia el hecho.

Una vez enviada, el SAT invitará al proveedor a que expida el CFDI correspondiente y se lo envíe a su correo, Don Chonchete.

Se escuchó un breve silencio, el cual fue interrumpido por la voz grave del empresario septuagenario:

- Es muy complicado, conta. ¿Cuánto me cobras por hacerlo tú?

Y ahí nos quedamos, discutiendo como siempre el precio de los honorarios...Y pensaba, siempre es mejor ir a la oficina de Don Chonchete, así me doy mi taco de ojo al ver a su secretaria...

lunes, 26 de febrero de 2018

CONSEJOS FINANCIEROS


1.   El cáncer de bolsillo tiene solución... Educación Financiera.


2.    Sé hoy esclavo de los libros y no mañana esclavo de los hombres.


3.    Vaciarás tus bolsillos en tu mente y tu mente llenará tus bolsillos de por vida.


4.    Si no tienes tiempo para abrir un libro, mucho menos lo tendrás para abrir un negocio.


5.    Cuando tu conocimiento crece, la oportunidad aparece.


6.    No le pedirás a Dios un buen trabajo. Le pedirás ser el dueño de la empresa.


7.     Dios te quiere humilde de corazón. No de bolsillo.


8.    Comienza en pequeño... pero sueña en grande.


9.    Ganarás dinero haciendo lo que gusta... no lo que te toca.


10.  Procura hablar más de las bendiciones que de tus problemas.


11.  Comienza a agradecer más y a quejarte menos.


12.  Serás Feliz me dijo la vida, pero primero te haré fuerte.


13.  Lo que decidas hacer, asegúrate que te haga feliz.


14.  Haz que tu pasión se convierta en tu fuente de ingresos. Si no amas lo que haces, nunca serás feliz.


15.  El éxito pertenece a aquellos que hicieron de su sueño una auténtica realidad financiera.


16.  El rico le da empleo a su dinero. El pobre la da empleo a su tiempo.


17.  El activo más poderoso que tenemos es nuestra mente, bien entrenada puede crear una enorme fortuna.


18.  Cuesta $0.00 Pensar como millonario, aprovéchalo.


19.  La pereza es amiga de la pobreza... no te juntes con ella.


20.  Trabajar duro por algo que no nos gusta se llama estrés.Trabajar duro por algo que amamos se llama pasión.


21.  No ahorres lo que te queda después de gastar... gasta lo que te queda después de ahorrar.


22.  Siempre será mejor encontrar clientes, que buscar jefes.


23.  La gente rica tiene grandes bibliotecas, la gente pobre tiene grandes televisores.


24.  Recuerda que el rico se educa mientras el pobre se entretiene.


25.  Si no trabajas en tus sueños, siempre trabajarás en los sueños de alguien más.


26.  La esclavitud no ha sido abolida ahora viene en nómina.


27.  Si eres bueno en algo jamás lo hagas gratis.


28.  Si vas a hacer algo, hazlo bien desde el comienzo.


29.  Son tus decisiones y no tus condiciones lo que determinan tu destino financiero.


30.  Nunca permitas que alguien que Renunció a sus sueños... Cuestione los tuyos.


31.  Queda prohibido escuchar críticas "constructivas" de gente que nunca ha construido nada.


32.  El que con empresarios anda a negociar se enseña.


33.  Tienes un Millón de dólares en tu cabeza, sólo tienes que encontrar la forma de sacarlo.


34.  No conozco la clave del éxito, pero la clave del fracaso es tratar de complacer a todo el mundo.


35.  No vivas la vida que otros quieren para ti, vive la vida que tú sueñas.


36.  Llena tu mente de sueños y tu agenda de acciones.


37.  No le digas a la gente tus sueños... muéstreselos.


38.  El mundo no cambia con tus pensamientos, lo hace con tus acciones.


39.  Observarás lo que hace la mayoría de la gente... y harás todo lo contrario.


40.  Jamás permitas que el éxito te llegue a la cabeza... ni el fracaso al corazón.


41.  La paciencia y la perseverancia son vehículos hacia el éxito.


42.  La distancia entre tu sueño y la realidad se llama disciplina.


43.  La mejor manera de ayudar a los pobres es no siendo uno de ellos.


44.  Trabajarás duro en silencio y dejarás que tu éxito haga todo el ruido.


45.  No te acostumbres... pero disfruta lo que tienes, mientras consigues lo que quieres.


46.  No serás esclavo de tu pasado. Sino arquitecto de tu futuro.


47.  El dinero no se gana trabajando... se gana pensando, si se ganara trabajando los que trabajan de 8 a 5, ya serian millonarios.


48.  Si no puedes controlar tus emociones, no podrás controlar tu dinero.


49.  Si el dinero no es tu esclavo, tú eres esclavo del dinero.


50.  La persona que serás en el futuro estará basada en los libros que leas, tus hábitos y las personas que te rodean hoy

miércoles, 22 de marzo de 2017

COMUNICADO DE PRENSA SAT 030/2017 - DECLARACIÓN ANUAL 2016

El día de hoy, el SAT dió a conocer el comunicado de prensa 030/2017 relacionado con facilidades para la declaración anual 2016 de personas físicas que tributen en el capítulo de Sueldos y Salarios.

Sin embargo, dicho comunicado de prensa no habla nada acerca de las personas físicas que tributen en el Capítulo de Sueldos y Salarios y además obtengan ingresos por intereses, caso muy común.
Por lo tanto, suponemos que dichas personas no entran en esta opción y por lo tanto deberán presentar declaración anual mediante la herramienta DeclaraSAT.

El comunicado habla de las personas físicas que solamente obtuvieron ingresos de UN SOLO PATRÓN, sin especificar monto límite de ingresos. Por lo tanto, suponemos que el famoso límite de ingresos de 400 mil pesos, ha quedado en el pasado y que aquellos contribuyentes obligados a presentar declaración anual, quedan relevados a presentar declaración.
¡EPA! ¡EPA! ¿Y si el contribuyente tiene un saldo a cargo y nunca se entera por que se confió en que no tiene obligación de presentar declaración anual?
Dirían en mi pueblo: "QUIEN HACE LA LEY, HACE LA TRAMPA.
Si no se presenta la declaración al tener un saldo a cargo el contribuyente se podría hacer acreedor a un requerimiento y de no atenderlo, de una multa por parte de la autoridad fiscal.
En este caso, sugerimos a todos los contribuyentes que obtuvieron más de 400 mil pesos de ingresos anuales, que revisen su situación a través del DeclaraSAT o bien, que consulten a su contador más cercano para que los oriente acerca de la mejor estrategia a seguir.

Una novedad en el comunicado de prensa es que para saldos a favor mayores de 50 mil pesos, se deberá firmar la declaración con Fiel.
¡EPA! ¡EPA! En otro párrafo del comunicado de prensa, aclaran este punto: "...solo necesitarán su contraseña para que Hacienda les devuelva, siempre y cuando hayan solicitado con anterioridad una devolución y seleccionen la misma cuenta bancaria que ya tiene registrada el SAT"

Entonces no ponen dos condiciones:
1. Que ya se haya solicitado una devolución en otros años
2. Que el SAT ya tenga registrada la cuenta bancaria del contribuyente.
Sin embargo, el comunicado de prensa no establece qué debemos hacer en caso de no cumplir estos requisitos. Suponemos entonces que el contribuyente deberá firmar con Fiel-FEA su declaración si no cumple estos requisitos.

Otra novedad con el comunicado 030/2017, es que se podrá declarar por teléfono. Los requisitos son que se haya obtenido ingresos únicamente por salarios del mismo patrón en todo 2016 y que no se vayan a deducir más de 25 facturas electrónicas.

Por lo que observamos, el SAT ahora establece nuevas reglas de operación a través de comunicados de prensa y no mediante Reglas de Carácter General.

En el comunicado de prensa, el SAT afirma que el saldo a favor se devolverá en un plazo entre 3 y 5 días. Esperemos que esto sea verdad, ya que por experiencias de otros años, estos plazos normalmente son mayores.

En el comunicado de prensa, se establece que se podrá verificar a través del Buzón Tributario el estatus de la devolución. Esperemos que la información que despliegue el mencionado Buzón, sea en linea y no como lo ha realizado el SAT a través de todos estos años que al consultar la información de una devolución en su portal, la información se mostraba con varios días de retraso con relación al estatus real.

Estemos pendientes de que este comunicado de prensa se convierta en reglas de la RMF2017.

Agradeciendo la atención de leerme.

Gabriel Cordero
Contador Público.

jueves, 23 de febrero de 2017

¿SABES CUÁLES SON LAS CUENTAS BANCARIAS NO FISCALES?

“Pero eso lo deposité en la cuenta no fiscal”, me dijo Don Chonchete Billete… quien a pesar de las varias veces que le he explicado que el secreto bancario en México no existe, es necio y sigue depositando en “su cuenta personal”, pasando por alto mis recomendaciones de ya no hacerlo; las ventas que no factura (a pesar de que ya facture esas ventas dado que cuenta con factura de compra de todo lo que vende).
Fue la semana pasada, cuando realicé la visita mensual a mi cliente, quien me atendió con la sequedad que lo caracteriza y hablando velozmente como siempre lo hace. Pero lo que más disfruto de la visita a las oficinas de Don Chonchete, es cuando su secretaria, la Señorita Ignacia Bustos Buenglúteo me conduce a la sala de juntas y me ofrece mi cafecito “como a usted le gusta, contador”. Le decimos de cariño, Nachita.
Don Chonchete me mostró dos cartas-invitación que le llegaron por parte del SAT por el ejercicio fiscal de 2015. Una dirigida a su esposa, la Señora Tenedora de Hartalana y otra para él. Le expliqué, UNA VEZ MAS, a Don Chonchete Billete que el secreto bancario es cosa del pasado, fiscalmente hablando y que todas las cuentas son fiscalizables con solo solicitarlo la autoridad fiscal a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (artículo 117 Ley de Instituciones de Crédito y artículo 32-B del Código Fiscal de la Federación fracción IV).
-          Oye, contador. ¿Y cómo obtuvieron estos jijos de su pelona madre estos datos? – me soltó a bocajarro mi sexagenario cliente, quien se caracteriza por decir las cosas sin filtro alguno.
-          Pues los bancos están obligados a informar al SAT anualmente acerca de los depósitos en mensuales en efectivo que sumen más de 15 mil pesos…
-          ¿Y si realizo depósitos diarios menores de 15 mil pesos ya no me pezcan? – me interrumpió el astuto comerciante.
-          No, Don Chonchete. El umbral de los 15 mil pesos es acumulativo mensualmente. Es decir que aunque usted realice depósitos menores a 15 mil pesos por día, si suman más de 15 mil pesos al mes, el banco le informará al SAT de esta situación cada año, antes del 15 de febrero. Y si el cuentahabiente no ha presentado declaración anual o los ingresos reportados en su declaración anual son inferiores al monto depositado detectado por la autoridad, es seguro que la autoridad le enviará este tipo de carta-invitación (Artículo 55 LISR fracción IV; y Artículo Décimo Tercero, fracción Tercera del Decreto “de Reformas Fiscales” [es que su nombre está muy largo], publicado en el DOF el 11 de Diciembre de 2013)  – Don Chonchete me observaba y yo dudaba si me estaba escuchando o estaba pensando su siguiente pregunta… o ambas cosas…
-          A ver, Conta. Mi esposa nunca ha estado dada de alta en el SAT. ¿Por qué le llegó esta carta invitación? ¿Cómo chintetes tiene el SAT a mi esposa en el domicilio de mi casa? ¿Y cómo carajo ya viene un RFC de mi vieja en el mugroso papel ese?
Por lo visto, Don Chonchete no solo me estaba escuchando y pensando su siguiente pregunta, sino que me soltó de zopetón tres preguntas.
-          Ok, Don Chonchete. Como diría Jack el destripador: VAMOS POR PARTES.
Empecemos por la última pregunta: el SAT, con base en los datos proporcionados por el banco, está facultado a inscribir a los cuentahabientes, si éstos no tienen RFC a trece posiciones (27 CFF onceavo párrafo).
Una sonora carcajada se escuchó por toda la sala de juntas
-          ¡¡¡JAJAJAJA!!! ¿Trece posiciones? Me imaginé al SAT poniendo a los que no tienen RFC en trece posiciones distintas... … ¡¡¡JAJAJAJAJA!!! – soltó Don Chonchete quien tiene una peculiar visión libidinosa de ver todo en la vida – Ya, perdón, conta. Síguele.
-          Con base en esto que le acabo de comentar, le contesto la primera pregunta: hoy en día, no importa que una persona nunca haya acudido a una oficina del SAT para darse de alta. Si tiene una cuenta bancaria, una cuenta de Afore o simplemente por haber tenido un trabajo formal por salarios, es 99% seguro que esa persona ya cuenta con un RFC con homoclave (evité repetir aquello de “a trece posiciones”). De esta forma, aunque Doña Tenedora nunca se haya presentado personalmente a una oficina del SAT para inscribirse, por el simple hecho de tener una cuenta bancaria, el banco y el SAT, la inscribieron en el RFC (artículo 27 primer párrafo, artículo 32-B fracción IX y artículo 33 fracción III, todos del Código Fiscal de la Federación).
Y la segunda pregunta, acerca de por qué llegó la carta-invitación a su domicilio fiscal, siendo que usted es muy cuidadoso en nunca proporcionar su domicilio particular sino recibir todo aquí en su fábrica; veo que su esposa cuando abrió la cuenta bancaria, proporcionó como domicilio el de su casa. Y el SAT, al inscribirla le asignó como domicilio fiscal el que ella proporcionó al banco (Artículo 10 CFF segundo párrafo).
-          ¿Y entonces voy a tener que pagar esto que dice aquí por cada carta invitación? – rugió Don Chonchete quien ahora se veía claramente arrepentido de no haberme hecho caso en el pasado y dejar de depositar en esas cuentas bancarias.
-          No, Don Chonchete. Ahí es donde entran los buenos oficios del Contador Cordero. Pero esto se lo tengo que cobrar aparte de la contabilidad.
-          ¡¡¿Qué?!! ¿Pero por qué, Conta? ¿Y cuánto me vas a cobrar? ¡Qué injusto! ¡Te voy a acusar con la Fepade! – dijo en tono burlón.
-          ¿Le parece bien el 10%?
-          ¿Diez por ciento? ¡Tas loco, contador!

Y ahí nos quedamos negociando el honorario por el trabajo extraordinario que estaba a punto de conseguir… aunque he de decirles que Don Chonchete Billete es duro de roer a la hora de discutir precios y cerrar tratos… lo único bueno, fue que en ese preciso momento, entró a la sala de juntas la Señorita Nachita para ofrecerme otro café “como a mí me gusta”.

Gabriel Cordero
Twitter: @gabe_cordero @agnuscontadores
FB: AGNUS CONTADORES

sábado, 19 de noviembre de 2016

TIP ACERCA DE MULTAS FISCALES - ORO MOLIDO

Época: Décima Época 
Registro: 2013029 
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito 
Tipo de Tesis: Aislada 
Fuente: Semanario Judicial de la Federación 
Publicación: viernes 11 de noviembre de 2016 10:22 h 
Materia(s): (Constitucional) 
Tesis: XVI.1o.A.114 A (10a.) 

MULTAS FISCALES. SU IMPOSICIÓN EN DIVERSAS RESOLUCIONES CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO DE UN SOLO REQUERIMIENTO, RELATIVO A VARIAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, VIOLA EL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM.

El principio mencionado, aplicable además de la materia penal a la administrativa, se traduce en la prohibición de que una misma conducta se castigue doblemente, o bien, que la propia conducta sea sometida a dos procedimientos diferentes y que en cada uno de ellos se imponga una sanción, por el mismo hecho y para proteger el mismo bien jurídico; de modo que su aplicación requiere que exista identidad entre sujeto, hecho y fundamento. Ahora bien, el artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación prevé como motivos de infracción: a) no presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales; b) no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales; c) no cumplir los requerimientos para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esa fracción; y, d) cumplir dichos requerimientos fuera de los plazos señalados en los mismos. En consecuencia, cuando la autoridad fiscal emite un solo requerimiento, relativo a varias obligaciones tributarias y, con motivo de su inobservancia en el plazo señalado, impone multa al contribuyente por cada una de éstas en diversas resoluciones, en términos del citado precepto, viola el principio non bis in idem, en virtud de que las sanciones derivan de no haber cumplido oportunamente con un mismo requerimiento.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 233/2016. Urban de México, S.C. 16 de junio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Villanueva Chávez. Secretario: Ricardo Alfonso Santos Dorantes.

Esta tesis se publicó el viernes 11 de noviembre de 2016 a las 10:22 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

miércoles, 16 de noviembre de 2016

TIPS PARA ABRIR UNA CUENTA BANCARIA

Muchas ocasiones me preguntan acerca de qué banco es el mejor para abrir una cuenta bancaria, como si mi respuesta fuera palabra de Dios y mi experiencia de veinte años en el abarrote contable fuera la solución al predicamento del cliente en cuanto a contratar los servicios de un banco.
No existe el banco perfecto, así como las notarías públicas: NO HAY NOTARÍA BUENA.
Hay bancos menos malos y otros muy malos.

Antes de abrir una cuenta bancaria, debemos hacer “la visita de las siete casas” y preguntar los puntos básicos que a continuación les comentaré. Es decir, debemos acudir a cada una de las sucursales bancarias a solicitar información acerca de qué tipo de cuenta bancaria ofrecen para el tipo de contribuyente que somos: sea persona física o persona moral.
O también se puede visitar la página de la CONDUSEF y navegar un buen rato, buscando información que posiblemente nos ayude en esta toma de decisión:

Los puntos básicos a verificar y comparar son:
   1.      Las comisiones que cobren.
1.1.           Comisión por saldo abajo del promedio requerido.
1.2.           Comisión por cheque expedido
1.3.           Comisión por el servicio de Banca Electrónica.
1.4.           Comisiones mensuales fijas.

   2.      Cuánto es el saldo promedio que piden para que no nos cobren manejo de cuenta. Recuerda que el saldo promedio es justamente eso: un promedio. No se trata de una cantidad que debamos tener en todo momento en la cuenta bancaria. Supongamos que el saldo promedio que nos pide el banco es de $10,000.00 y durante gran parte del mes hemos mantenido el saldo por arriba de esa cantidad y por planeación fiscal, se deja la cuenta con $500.00 al final del mes; con el saldo que mantuvimos durante todo el mes, ya se brincó la barrera del “saldo promedio” y el banco no nos va a cobrar esta comisión.

   3.      Con cuánto se abre la cuenta bancaria. Dependiendo del tipo de cuenta y del banco, varía el importe mínimo del depósito inicial con el cual se apertura la cuenta.

Hay que recordar que por disposiciones fiscales, es forzoso que todos los contribuyentes tengamos cuenta bancaria. Yo lo llamo “el negocio perverso del SAT con los bancos”: El SAT te dice “si quieres deducir gastos superiores a $2,000.00, los debes pagar con cheque, tarjeta o transferencia”. El banco te dice: “por cada cheque te cobro, por la tarjeta te cobro, por la banca electrónica te cobro”

Esperando que estos TIPs hayan sido de utilidad, espero tus comentarios en: gabriel@agnuscontadores.com


Atentamente

Gabriel Cordero Castillo
Contador Público
Socio Director de AGNUS CONTADORES


TIPS CUANDO SE VA A APERTURAR UNA CUENTA BANCARIA

Muchas ocasiones me preguntan acerca de qué banco es el mejor para abrir una cuenta bancaria, como si mi respuesta fuera palabra de Dios y mi experiencia de veinte años en el abarrote contable fuera la solución al predicamento del cliente en cuanto a contratar los servicios de un banco.
No existe el banco perfecto, así como las notarías públicas: NO HAY NOTARÍA BUENA.
Hay bancos menos malos y otros muy malos.

Antes de abrir una cuenta bancaria, debemos hacer “la visita de las siete casas” y preguntar los puntos básicos que a continuación les comentaré. Es decir, debemos acudir a cada una de las sucursales bancarias a solicitar información acerca de qué tipo de cuenta bancaria ofrecen para el tipo de contribuyente que somos: sea persona física o persona moral.
O también se puede visitar la página de la CONDUSEF y navegar un buen rato, buscando información que posiblemente nos ayude en esta toma de decisión:

Los puntos básicos a verificar y comparar son:
   1.      Las comisiones que cobren.
1.1.           Comisión por saldo abajo del promedio requerido.
1.2.           Comisión por cheque expedido
1.3.           Comisión por el servicio de Banca Electrónica.
1.4.           Comisiones mensuales fijas.

   2.      Cuánto es el saldo promedio que piden para que no nos cobren manejo de cuenta. Recuerda que el saldo promedio es justamente eso: un promedio. No se trata de una cantidad que debamos tener en todo momento en la cuenta bancaria. Supongamos que el saldo promedio que nos pide el banco es de $10,000.00 y durante gran parte del mes hemos mantenido el saldo por arriba de esa cantidad y por planeación fiscal, se deja la cuenta con $500.00 al final del mes; con el saldo que mantuvimos durante todo el mes, ya se brincó la barrera del “saldo promedio” y el banco no nos va a cobrar esta comisión.

   3.      Con cuánto se abre la cuenta bancaria. Dependiendo del tipo de cuenta y del banco, varía el importe mínimo del depósito inicial con el cual se apertura la cuenta.

Hay que recordar que por disposiciones fiscales, es forzoso que todos los contribuyentes tengamos cuenta bancaria. Yo lo llamo “el negocio perverso del SAT con los bancos”: El SAT te dice “si quieres deducir gastos superiores a $2,000.00, los debes pagar con cheque, tarjeta o transferencia”. El banco te dice: “por cada cheque te cobro, por la tarjeta te cobro, por la banca electrónica te cobro”

Esperando que estos TIPs hayan sido de utilidad, espero tus comentarios en: gabriel@agnuscontadores.com


Atentamente

Gabriel Cordero Castillo
Contador Público
Socio Director de AGNUS CONTADORES


TIPS CUANDO SE VA A APERTURAR UNA CUENTA BANCARIA

Muchas ocasiones me preguntan acerca de qué banco es el mejor para abrir una cuenta bancaria, como si mi respuesta fuera palabra de Dios y mi experiencia de veinte años en el abarrote contable fuera la solución al predicamento del cliente en cuanto a contratar los servicios de un banco.
No existe el banco perfecto, así como las notarías públicas: NO HAY NOTARÍA BUENA.
Hay bancos menos malos y otros muy malos.

Antes de abrir una cuenta bancaria, debemos hacer “la visita de las siete casas” y preguntar los puntos básicos que a continuación les comentaré. Es decir, debemos acudir a cada una de las sucursales bancarias a solicitar información acerca de qué tipo de cuenta bancaria ofrecen para el tipo de contribuyente que somos: sea persona física o persona moral.
O también se puede visitar la página de la CONDUSEF y navegar un buen rato, buscando información que posiblemente nos ayude en esta toma de decisión:

Los puntos básicos a verificar y comparar son:
1.      Las comisiones que cobren.
1.1.           Comisión por saldo abajo del promedio requerido.
1.2.           Comisión por cheque expedido
1.3.           Comisión por el servicio de Banca Electrónica.
1.4.           Comisiones mensuales fijas.

2.      Cuánto es el saldo promedio que piden para que no nos cobren manejo de cuenta. Recuerda que el saldo promedio es justamente eso: un promedio. No se trata de una cantidad que debamos tener en todo momento en la cuenta bancaria. Supongamos que el saldo promedio que nos pide el banco es de $10,000.00 y durante gran parte del mes hemos mantenido el saldo por arriba de esa cantidad y por planeación fiscal, se deja la cuenta con $500.00 al final del mes; con el saldo que mantuvimos durante todo el mes, ya se brincó la barrera del “saldo promedio” y el banco no nos va a cobrar esta comisión.

3.      Con cuánto se abre la cuenta bancaria. Dependiendo del tipo de cuenta y del banco, varía el importe mínimo del depósito inicial con el cual se apertura la cuenta.

Hay que recordar que por disposiciones fiscales, es forzoso que todos los contribuyentes tengamos cuenta bancaria. Yo lo llamo “el negocio perverso del SAT con los bancos”: El SAT te dice “si quieres deducir gastos superiores a $2,000.00, los debes pagar con cheque, tarjeta o transferencia”. El banco te dice: “por cada cheque te cobro, por la tarjeta te cobro, por la banca electrónica te cobro”

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Socio Director de AGNUS CONTADORES


domingo, 6 de noviembre de 2016

¿ES OBLIGATORIO PARA LOS MÉDICOS Y DENTISTAS ACEPTAR COBROS CON TARJETA?

La Resolución Miscelánea 2016, establece a través de su criterio no vinculativo 29/ISR/NV, publicado el 12 de enero de 2016 en el DOF que es obligación de los doctores, dentistas, etc, contar con los medios tecnológicos necesarios que permitan a sus clientes realizar el pago del servicio mediante transferencia, tarjetas (de crédito, débito o de servicios).
Quienes no acepten el pago mediante estos mecanismos bancarios, están realizando una PRÁCTICA FISCAL INDEBIDA.
A continuación, reproducimos el criterio no vinculativo en comento:

29/ISR/NV       Medios de pago en gastos médicos, dentales u hospitalarios
El artículo 151, fracción I de la Ley del ISR, establece que las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en el Título IV, de la respectiva Ley, podrán calcular el impuesto anual realizando además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de la Ley que les correspondan, las deducciones personales por el pago de gastos por los pagos de honorarios médico y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente, para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.
En ese entendido, es necesario que los prestadores de servicios médicos, dentales y hospitalarios, cuenten con los medios tecnológicos necesarios que permitan a sus clientes realizar el pago del servicio a través de transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.
Por lo tanto, se considera que realizan una práctica fiscal indebida:
I. Los prestadores de servicios médicos, dentales u hospitalarios que no acepten como medio de pago el cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

II. Quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.

martes, 20 de septiembre de 2016

¿QUÉ ES “ZONA 30” EN LA CIUDAD DE PUEBLA?

Es una extensa zona que va, hacia el norte de la Ciudad por la calle Heroe de Nacozari, la 28 y 30 Poniente hasta el sur en la calle 31 Oriente-Poniente. Por el Oriente de la Ciudad, el límite es el Bulevard Héroes del 5 de Mayo y por el Poniente, la calle 11 Sur-Norte.

¿Cuál es el objetivo de establecer una “ZONA 30” en la Ciudad de Puebla? Según el Sr. Adán Dominguez Sánchez, presidente de la Comisión de Movilidad Urbana del Cabildo del Municipio de Puebla, es crear conciencia ciudadana de respetar los límites de velocidad, dando prioridad al peatón y posteriormente al ciclista.
En sesión de Cabildo del 19 de agosto de 2016, se aprobó la creación de la “ZONA 30” en la Ciudad de Puebla, así como la señalización de la misma en el polígono mencionado anteriormente.

La “ZONA 30” no es una invención que se haya sacado de la manga este H. Ayuntamiento. Existen “zonas 30” desde 1983, siendo la primera en la Ciudad de Buxtehude, Alemania. Pero Puebla no es Buxtehude y los poblanos no tienen la educación vial que tienen los alemanes. Baste ver cualquier crucero en hora pico: los poblanos impacientes invadiendo el cruce solo por que “tienen el verde”, importándoles un comino que tapen la calle perpendicular y eviten así la circulación de los que por derecho les corresponde circular.
Pero no nos vayamos tan lejos. Un poco más cerca: los poblanos no tienen la educación vial que tienen los cholultecas o los atlixquenses. Con su 1X1 están a años luz de civilidad vial que nosotros, los capitalinos poblanos.
Pero me distraigo del tema principal, mencionan como ventajas de la “ZONA 30” las siguientes (tomado de wikipedia):
*         El número y la gravedad de los accidentes se reducen considerablemente.
Ok. Estoy de acuerdo. Siempre y cuando, realmente se circule a 30 km/h. En un polígono tan grande como el establecido para la Ciudad de Puebla, es difícil circular a esa velocidad una vez que uno a cruzado la 31 poniente sobre la 5 sur (por ejemplo).
*        Limitar la velocidad de los vehículos a 30 km/h reduce el ruido del tráfico.
La mera verdad, no entiendo este punto. ¿Circular a menor velocidad realmente reduce el ruido? En los camiones o motocicletas que circulan en esta bella Ciudad, no aplica.
*         Un límite de 30 km/h mejora la calidad del aire ya que se emiten menos gases, lo que contribuye a una mejora general de la salud en los habitantes.
No entiendo otra vez. ¿Circular un coche más despacio emite menos gases? Se acelera menos, si. Pero si la circulación permitida es a 45 o 50 km/h, ¿cuál es el efecto nocivo contra circular a 30? ¿Se tiene algún dato duro, confiable?
*        Un límite de 30 km/h puede ayudar a disminuir el cambio climático porque una velocidad inferior significa menos emisiones dedióxido de carbono.
¡Mj! Lo mismo del punto anterior.
*         El límite de velocidad a 30 km/h salva vidas
Completamente de acuerdo. Siempre y cuando se circule realmente a 30.

De acuerdo a Wikipedia, otras ciudades en la República Mexicana han establecido “ZONAS 30”: Monterrey, Guadalajara, Zapopan y Los Mochis.
Estoy completamente de acuerdo en que en el Centro Histórico se modere la velocidad de los automóviles para dar paso a los peatones y a las bicicletas. Pero el área establecida es demasiado grande.

Lo que va a causar el establecimiento de esta “ZONA 30” es:
1. Mayor corrupción al detener a un automovilista que a criterio de un agente de tránsito sobrepasó el límite de velocidad (cosa fácil de hacer, ya que 30 km/h es una velocidad demasiado baja para ciertas calles dentro del polígono) y que aquel no quiera que le levanten una infracción.
2. Mayor recaudación por concepto de multas. Al enfrentar a ciudadanos que no quieran entrarle al moche y a la mordida, tendrán que pagar su multa. Situación en la que vemos al Cabildo de nuestra ciudad frotarse las manos.
3. Mayor contaminación. Nuestros semáforos están perfectamente sincronizados… para que te toquen en rojo. No conforme con circular más lento, el coche poblano emitirá más gases por que en cada esquina se parará ya que le tocará el semáforo en rojo.

¿Acaso no hubiera sido mejor sincronizar semáforos a 30 km/h?
¿Acaso no hubiera sido mejor implementar una programa de educación vial al conductor poblano? El cual es de los peores conductores del país. No es amable ni con el peatón, ni con el ciclista, ni con el otro conductor.
¿Acaso no hubiera sido mejor implementar un programa de mayor movilidad en ciertas zonas conflictivas “per sé”? Es decir, mejor sincronización en los semáforos, señalización, vueltas continuas, etc. Pequeñas acciones que impactarían muchísimo en la movilidad de esta bella Ciudad.

¿Comentarios? Por escrito a: gabriel@agnuscontadores.com


jueves, 18 de agosto de 2016

miércoles, 10 de agosto de 2016

DEDUCIBILIDAD DE GASOLINA

Me encontré este artículo acerca de la deducibilidad de la gasolina.

Al respecto, van unas precisiones:

1. Antes de verificar que la adquisición de combustible sea un insumo indispensable para la realización de la actividad a la que nos dedicamos, debemos verificar que el automóvil cumpla con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del ISR, ya que de lo contrario, todos los gastos inherentes a dicho automóvil, NO SERÁN DEDUCIBLES.

2. El artículo habla que una persona que se dedica al arrendamiento de bienes inmuebles, puede deducir la gasolina. Eso es incorrecto. Ya que ni el artículo 115, ni el Capítulo X del Título IV de la Ley del ISR permite la deducción de un automóvil para los arrendadores y por consecuencia, tanto la gasolina como los mantenimientos del automóvil serán NO DEDUCIBLES.

jueves, 9 de junio de 2016

HERNAN CORTES - Historia oculta de la Conquista de América

Terminé de leer el libro “HERNÁN CORTÉS. Historia oculta de la conquista de América”. Una verdadera decepción.
De entrada, lo encontré en el estante de libros de historia de la librería “El Sótano”, de aquí de mi pueblo donde vivo. Pero debería encontrarse en la sección de “TURISMO”.
Cuando terminé de leer los dos primeros capítulos, me preguntaba: “¿no que se supone que es un libro que habla de Hernán Cortés? Seguro adelante se mejora”. Pues no. Se trata de un libro que habla de Cortés en un 30 por ciento, máximo. El resto son las andanzas del autor por esta bella tierra mexicana, a la cual le resalta el autor, de sobremanera, sus defectos: clara señal de la percepción que tiene él del México actual, del cual, no voy a negar, en algunas cosas tiene mucha razón. En otras, exagera.
En la contraportada del libro dice: “En esta obra se repasan todos los acontecimientos vitales de Hernán Cortés, así como, paso a paso, kilómetro a kilómetro, todas sus andanzas en el actual México, los principales episodios que muestran cómo fueron los encuentros y desencuentros entre dos culturas separadas por miles de kilómetros, por dioses y creencias dispares y por una forma de interpretar el mundo radicalmente distinta”. Por este párrafo, compré el libro. Sin embargo, ahora que lo terminé, te ofrecen una expectativa muy alejada de la realidad.
El libro está escrito como una guía incompelta de turismo para aquel que esté interesado en recorrer algunos de los puntos que Cortés recorrió… y algunos puntos que ni recorrió, ni tuvo nada que ver, como Taxco, Catemaco y Puebla.
En el Capítulo VIII, habla de que Fray Toribio de Benavente fue quien soñó con una ciudad “en la que los españoles redimieran a los naturales”, cuando la leyenda señala a Fray Julián Garcés como aquel quien tuvo este sueño.
Dice el autor del libro que pagaron 48 pesos para poder circular  por la autopista 150 de Veracruz a Puebla… otro error. La carretera 150 no es autopista. La 150D, si. Y la 150D en el tramo que corre de Veracruz a Puebla, en los años recientes nunca ha costado 48 pesos.
Ya en Puebla, en el mismo capítulo VIII, habla el autor que compraron comida “en el grandioso y abarrotado tiangui de la ciudad”. Al respecto, aclaro que el tiangui del que habla el autor, solamente se pone el 15 de septiembre de cada año y se cierran algunas calles para tal efecto.
En la siguiente página, habla el autor de que visitaron la catedral poblana, en la cual se encuentra la Capilla del Rosario… ¿¿¿QUE QUÉ??? ¡¡Otro error!! ¡¡¡La Capilla del Rosario se encuentra en el Templo de Santo Domingo!!! Entre la Catedral y el Templo de Santo Domingo hay tres calles que los separan y son construcciones completamente diferentes.
Pasamos la página. El autor habla de cómo se siente en el zócalo de Puebla él personalmente: “O a lo mejor es que eso somos nosotros a sus ojos, unos bárbaros conquistadores con cámara de fotos en ristre”. Modo víctima: ACTIVADO.
Y sigue describiendo la ceremonia del grito: “…donde la muchedumbre se mueve al son de los vivas a México y mueran los gachupines…” ¿¿¿QUE QUÉ??? Yo le preguntaría a cualquier mexicano vivo, de cualquier edad, ¿cuándo han escuchado que en una ceremonia del grito, se diga “mueran los gachupines”? Creo que el autor sigue con el modo víctima activado.
Pasamos al capítulo IX. El autor pone en claro que no quiere ser de los primeros en ser recogido por el tour que contrató, ya que no le apetece recorrer los hoteles de la ciudad, llenando el cupo de la camioneta. Yo diría: pues recorriendo las calles, aunque sea en coche, se conoce un poco más las ciudades que se visitan.
Una vez en la camioneta del tour, el autor se sorprende con que el chofer cobre más, si el viaje es más largo. Creo que es lo justo y creo que así funciona en todas partes del mundo… ¿o en España no?
Siguiente página: habla del Templo de los Remedios, situado encima de la pirámide de Cholula. El autor comenta: “es un hito de referencia en todo Tlaxcala…” ¡Ups! Un resbalón tremendo por parte del autor. Debería decir “Cholula” en lugar de Tlaxcala.
Párrafo siguiente. Describe el Templo de los Remedios, adornado con cintas azules y blancas. Lo que le faltó decir al autor es que no siempre está adornada así. En esos días de septiembre la adornan, ya que se celebra la fiesta patronal.
Párrafo siguiente. “No resulta demasiado difícil imaginar el antiguo templo erigido en honora a Quetzalcoatl, la principal divinidad de Cholula, dominando las fértiles tierras del Valle de México.” ¿¿¿QUE QUÉ??? Esto es el valle de Cuetlaxcoapan. Es la región de Puebla-Cholula. ¡¡No es el Valle de México!! A esta región de Puebla-Cholula, la separa del Valle de México, los volcanes Popocatepetl e Iztaccihuatl. Nada que ver.
Más adelante en el mismo capítulo, habla de que le recomendaron al autor ir a comer en El León Dormido, ubicado en el número 13 de la Calle Oriente. Esa dirección no existe.
Página siguiente. El autor habla de que Benito Juárez quiso cambiar el nombre de la Ciudad por el de Zaragoza. Mi Ciudad se llama Heroica Puebla de Zaragoza, desde mediados del siglo XX y no fue por iniciativa de Benito Juárez, quien para esas fechas, ya estaba más que frío.
Siguiente página. El autor refiere que la central de autobuses de Puebla se llama “Tapu”, cuando en realidad se llama CAPU. Y que la central de autobuses de oriente de la Ciudad de México se llama “CAPO”, cuando en realidad se llama “TAPO”.

En fin. El libro no es para nada lo que ofrece en la cuarta de forros. Al final, me sentí como un mexica más, al que le vendieron espejitos a cambio de mi oro.

miércoles, 8 de junio de 2016

ADIOS AMIGO MIGUEL ANGEL

Adiós amigo Miguel Angel… extrañaré tu visita mensual a mi oficina y tu plática amena y quejumbrosa.
Adiós amigo Miguel Angel… el ir al beis quedará para después…
Adiós amigo Miguel Angel… el ir a los toros quedará para más tarde…
Adiós amigo Miguel Angel… gracias por compartir el momento de conocer a tu novia venezolana, ahora tu esposa y madre de tus tres hijos.
Adiós amigo Miguel Angel… gracias por compartir tu boda con nosotros.
Adiós amigo Miguel Angel… nunca me gustó la música que escuchabas… jajaja.
Adiós amigo Miguel Angel… me gustaba mucho lo que publicabas en el feizzz.
Adiós amigo Miguel Angel… gracias por compartir el ideal de un mundo mejor.

Las cosas pasan… y pasan por algo bueno…
A estas alturas del partido, está cabrón verle el lado bueno de tu asesinato. Pero nos quedamos con los pocos momentos padres que convivimos.


Adiós amigo Miguel Angel…

miércoles, 11 de mayo de 2016

SI SE TIENE INCAPACIDAD EXPEDIDA POR EL IMSS, ¿SE TIENE QUE PAGAR INFONAVIT?

De acuerdo al Criterio Normativo de Recaudación Fiscal 01/2016 del Infonavit, en los casos de incapacidad expedidas por el IMSS no se suspende la obligación patronal de pagar las aportaciones habitacionales.

Y dice el criterio:
"De conformidad a lo señalado en la fracción III del artículo 35 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2012, en los casos relativos a las incapacidades temporales y descansos por maternidad de las mujeres trabajadoras, amparados por certificados de incapacidad expedidos o autorizados expresamente por el Instituto Mexicano del Seguro Social, dado que subsiste la relación laboral queda vigente la obligación patronal de enterar las aportaciones habitacionales respectivas, por los trabajadores a su servicio que se encuentren en esta hipótesis."

Y continúa en un segundo párrafo:
"Cabe resaltar que la circunstancia de que el patrón no pague los salarios directamente en virtud de la afiliación de los trabajadores a su servicio en el régimen del Instituto Mexicano de Seguro Social, y por ellos el patrón paga determinadas cuotas, la obligación de realizar aportaciones habitacionales, no es materia de cobertura por el Instituto Mexicano del Seguro Social, ni el patrón paga, por estos conceptos, cuota alguna, por lo que tratándose de contingencias no aseguradas y subsistiendo la obligación patronal de pagar salarios, se mantiene vigente la obligación del patrón de efectuar aportaciones habitacionales por los trabajadores a su servicio que se encuentren en dichos supuestos."

Lo que se le olvidó al Infonavit, fue que de acuerdo al Artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo SON CAUSAS DE SUSPENSION TEMPORAL DE PRESTAR EL SERVICIO Y PAGAR EL SALARIO, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL TRABAJADOR Y EL PATRON, tanto la enfermedad contagiosa del trabajador y/o la incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo.

Por lo tanto, se deberá tomar en cuenta esta última observación para verificar que el SUA no esté calculando de más los pagos al Infonavit, cuando se tengan incapacidades expedidas por el IMSS ya que el Criterio Normativo de Recaudación Fiscal 01/2016 no es acertado.

lunes, 9 de mayo de 2016

ESTRATEGIA INTEGRAL PARA FORTALECER LA ATENCIÓN MÉDICA DEL IMSS

Mediante comunicado 025/16, el IMSS dió a conocer las 10 medidas por medio de las cuales pretende establecer la ESTRATEGIA INTEGRAL PARA FORTALECER LA ATENCIÓN MÉDICA.
Dichas medidas son las siguientes:
1. Se agilizará la asignación de camas con la reducción de los tiempos de espera para gestionar la desocupación y ocupación de éstas.
2. Los pacientes que acudan con el médico familiar podrán obtener el mismo día el pase, de la consulta al especialista, en los casos que así se requieren.
3. Los quirófanos se usarán eficientemente los fines de semana, para lo cual se cuenta con el apoyo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y de médicos cirujanos egresados, lo que aumentará en 40 por ciento su disponibilidad.
4. Para ampliar la capacidad de atención y reducir la saturación, en un hecho sin precedente, se iniciará la construcción de más de 40 clínicas y se concluirán los hospitales comprometidos en el periodo 2016-2018.
5. La realización de trasplantes de riñón y córnea se incrementará en diez por ciento y se aumentar la donación cadavérica en 14 por ciento con el fomento del altruismo y la capacitación de médicos en el extranjero.
6. La digitalización de trámites se extenderá a nivel nacional a través del IMSS Digital, reduciendo en miles las visitas de los derechohabientes a las instalaciones.
7. En 2016 se abrirán 25 mil nuevos lugares en guarderías, lo que representa un incremento de 150 por ciento con respecto al año anterior.
8. Los padres de familia que tienen a sus hijos en guarderías, ya no perderán un día de trabajo para obtener el documento de valoración médica, ya que podrán presentar el justificante médico de un pediatría particular, ahorrándose 1.2 millones de visitas a la Unidad de Medicina Familiar.
9. Se concluirá la eliminación del 100 por ciento del requisito para la comprobación de supervivencia de los pensionados.
10. El sitio web del IMSS, uno de los más visitados en México, será rediseñado para el fácil uso de todos sus derechohabientes.

Además, se ampliarán los siguientes programas:
a) Campaña “SER IMSS” (capacitación en buen trato para al personal que tiene interacción directa con los derechohabientes).
b) Unifila para atención a pacientes sin cita.
c) Fortalecimiento del abasto de medicamentos.
d) Receta resurtible en unidades de primer nivel.
e) Atención en urgencias.
f) Código Infarto (atención inmediata a pacientes con males cardiacos).
Si gustas ver el comunicado completo, aquí el link:
http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/201602/025