lunes, 21 de junio de 2021

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE PARA QUE UN PROVEEDOR EXPIDA MI FACTURA ELECTRÓNICA?


Me pregunta un cliente, bueno, más bien un buen amigo, esta duda.

¿Cuánto tiempo tienen nuestros proveedores para expedir un CFDI?

Al respecto, existe una respuesta: DE ACUERDO A LAS POLÍTICAS INTERNAS DEL PROVEEDOR.


Y esto se basa en lo siguiente:

La regla 2.7.1.24. de la #RMF2021 establece que las facturas al público en general se pueden elaborar de manera diaria, semanal o mensual (bimestral, si eres RIF). Por lo tanto, al ser una OPCIÓN para el vendedor, éste puede elegir cualquiera de estas políticas internas.

Yo recomiendo a mis clientes que establezcan la opción de UN MES, ya que es el lapso de tiempo más largo que otorga la regla 2.7.1.24  y dado que los impuestos se presentan por dicho periodo; para no tener problemas con los clientes que solicitan tarde su CFDI.

Lo que también recomiendo es que se informe a los clientes dicha situación, ya sea en sus tickets de venta y/o con un cartel bien visible en la caja de la empresa.

Por lo tanto: mi proveedor está en todo su derecho de establecer ciertos días como límite para que yo solicite mi factura; sin embargo no puede pasar por encima de mi derecho a solicitarle la expedición del CFDI.

¿Qué hacer si mi proveedor me niega la entrega del CFDI por una compra dentro del mes, argumentando que por políticas internas ya no lo pueden expedir?

Sencillo: quéjate en el SAT.

La regla 2.7.1.49. de la #RMF2021 establece las bases para denunciar la no expedición de CFDIs.

Tienes que entrar a la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura y seguir los pasos que nos indica la ficha de trámite 304/CFF del Anexo 1-A de la #RMF2021, la cual establece que deberás tener a la mano la siguiente información:

- RFC y/o nombre o razón social del proveedor.

- RFC del solicitante.

- Fecha de la operación.

- Monto de la operación.

En teoría, el SAT debe contestar en 6 días hábiles.

Recuerda que la expedición de un CFDI es una OBLIGACIÓN.

Y si no los elaboras, estarás sujeto a una sanción por parte del SAT.



¿Te fue útil la información? Agradeceré que la compartas.

Atentamente

Gabriel Cordero. 

Contador Público.





miércoles, 16 de junio de 2021

¿CÓMO PUEDO DEDUCIR LOS INTERESES REALES PAGADOS POR MI CRÉDITO HIPOTECARIO?

Los intereses reales pagados por concepto de crédito hipotecario destinados a la adquisición de tu casa habitación y que hayan sido contratados con el sistema financiero. Por lo tanto, si tienes un crédito con el compadre Willy y el destino que le diste a dicho crédito fue la adquisición de un local comercial, dichos intereses reales no serán deducibles.

También se consideran “créditos hipotecarios” aquellos destinados a la construcción, remodelación o pago de pasivos de tu casa habitación.

Para que sean deducibles los intereses reales pagados, el saldo insoluto del crédito otorgado, al 31 de diciembre del año anterior, no deberá exceder de 750,000 UDIS.

Los intereses reales pagados, son aquellos que exceden la inflación anual. Por lo tanto, no te vayas con la finta de que ABSOLUTAMENTE TODOS los intereses que pagues son deducibles.

En el caso de que los propietarios del inmueble sean cónyuges o copropietarios y únicamente uno de ellos perciba ingresos acumulables para efectos de la declaración anual, dicha persona PUEDE deducir la totalidad de los intereses reales pagados.

Estos intereses reales pagados deben ser expresados por la institución financiera en un CFDI con la clave de uso D05.

Artículo 151, fracción IV LISR. Artículos 250 a 257 del RLISR.

miércoles, 9 de junio de 2021

CÓMO SOLICITAR EL CFDI DE DONATIVOS

 


Seguimos platicando de las #DeduccionesPersonales y ahora toca hablar de los DONATIVOS.

Donativos entregados a contribuyentes con autorización por parte del SAT para recibirlos. La limitante de los donativos es del 7% de los ingresos acumulables que se obtuvieron en el año inmediato anterior.

Si los donativos se realizan a favor de la Federación, de Entidades Federativas, Municipios o de sus organismos descentralizados, el monto máximo deducible será del 4% de los ingresos acumulables del año anterior.

Cuando solicites tu CFDI por este gasto, lo deberás pedir con la clave D04 (Donativos).

Recuerda que este comentario es para PERSONAS FÍSICAS. Cuando otorgues un donativo como PERSONA MORAL, solicita tu CFDI como G03 (gastos en general), ya que la Ley Suprema llamada “Guía de llenado de CFDI del SAT”, establece que el uso D04 no aplica para personas morales. Por lo tanto, para evitar futuros conflictos en la deducibilidad de un donativo como persona moral, no solicites la clave D04, sino G03.

martes, 8 de junio de 2021

¿CUÁNDO SON DEDUCIBLES LOS GASTOS DE FUNERAL?

El importe deducible de este gasto, es de una UMA elevado al año. Es decir que si la factura por servicio funerario es de $200,000.00, el gasto deducible solo será de una UMA elevado al año.

Estos gastos, son deducibles en el año en que se utilicen. En caso de que se efectúen erogaciones para funerales a futuro, éstas serán deducibles hasta el año calendario en que se utilicen (266 RLISR).

Este tipo de deducción es aplicable cuando se eroguen para el contribuyente, su cónyuge (o la persona con la que viva en concubinato) o para sus ascendientes o descendientes en línea recta.

Cuando solicites tu CFDI por este gasto, lo deberás pedir con la clave D03.

 

domingo, 6 de junio de 2021

GANA LALO RIVERA LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE PUEBLA

 

Me da mucho gusto que haya perdido Claudia Rivera. Y no es nada personal. Pero su inexperiencia y su no escuchar a quienes la rodeaban, hicieron que estos tres años fueran un trienio perdido para mi Ciudad.

Desde que entró lo dije: es como si me pusieran a mí en la Presidencia Municipal. No tengo experiencia y no se absolutamente nada de la administración municipal ni de manejar un ayuntamiento.

Sin embargo, ahora que ganó Lalo Rivera, quienes votamos por él, nos toca seguirle la marca y criticar todo aquello que haga mal. Como dice Brozo: al poder no se le aplaude, se le cuestiona.

Por lo tanto, te invito, primero que nada que le hagamos llegar a Lalo lo que veamos mal de esta bella Ciudad. Propuestas. Falta de servicios. Necesidades.

Y segundo, que seamos críticos ante lo que veamos de su gobierno y se lo hagamos llegar. Hay redes sociales, que son medios de comunicación informales, pero también hay canales de comunicación oficiales a través de los cuales le puedes escribir al Presidente Municipal y él te DEBE responder.

 

¿Era Lalo el mejor candidato? Yo creo que era el menos malo.

Gente que lo conoce de cerca me dice que es muy buena gente. Yo creo que hay ocasiones que se pasa de buena gente (como en el debate). Y también creo que en este trienio gobernará mejor que en el anterior, ya que no tendrá el yugo ni la bota de La Muñeca Azul sobre el cuello.

 

Corrijamos el rumbo de esta bella Ciudad.

¿CÓMO DEBO SOLICITAR MI CFDI POR HONORARIOS MÉDICOS Y GASTOS RELACIONADOS?



Gastos médicos, dentales, hospitalarios, por servicio de psicología y nutrición; cuando se eroguen para ustedes, su cónyuge, sus ascendientes o descendientes en línea recta. Siempre y cuando estas personas NO hayan percibido en el año calendario ingresos superiores al valor de la UMA elevado al año (para consultar el valor de la UMA, así como el importe que se comenta, ir al final de este documento).

En caso de que estas personas hayan percibido ingresos superiores a dicha cantidad, las erogaciones por concepto de gastos médicos, dentales u hospitalarios, no son deducibles para ustedes.

Dentro de este punto, también se consideran gastos médicos aquellos gastos de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.

Un detalle importantísimo es el relacionado con LA FORMA DE PAGO de cada uno de estos gastos: DEBEN REALIZARSE MEDIANTE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES MEDIOS:

a)     Cheque nominativo del contribuyente.

b)    Transferencia electrónica de fondos desde la cuenta del contribuyente.

c)     O mediante tarjeta de crédito, débito o de servicios.

 

Cuando solicites tu CFDI, por alguno de estos gastos, le debes indicar a quien lo expida que el uso debe ser D01 (honorarios médicos).

martes, 1 de junio de 2021

CHISME DOF - Semana del 25 al 31 de Mayo de 2021 - PaContador

 

SEMANA DEL 25 AL 31 DE MAYO DE 2021

Jueves 27 de mayo de 2021

SHCP - Actualización de la #ListaNegraDelSAT: listado global definitivo. Tercer párrafo del 69-B CFF vigente hasta el 24 de julio de 2018.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619471&fecha=27/05/2021

SHCP - Actualización de la #ListaNegraDelSAT: listado global definitivo. Cuarto párrafo del 69-B CFF vigente hoy.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619472&fecha=27/05/2021