NO QUIERO REGISTRAR MI CELULAR
Por Gabriel
Cordero
Todo el chisme
acerca de registrar-vincular nuestro celular, se originó por la publicación de
la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión el 16 de julio de 2025.
En el artículo Trigésimo
Transitorio de la Ley, se establece que en un plazo no mayor de 120 días HÁBILES contados a partir de la
entrada en vigor de la Ley, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
emitirá los lineamientos para la identificación de líneas de servicio móvil.
La Comisión no
se esperó los 120 días, sino que a los 102 días hábiles se publican los “Lineamientos
para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles”, esto el 09 de diciembre
2025. Estos lineamientos establecen que a los 30 días NATURALES de la entrada
en vigor, la plataforma de gestión deberá estar habilitada. Esos 30 días
naturales vencieron el 07 de enero de este año.
A partir del día
siguiente, comenzó la contabilidad de los 120 días HÁBILES para que absolutamente
todos los usuarios tuvieran su línea vinculada (registrada) en la PLATAFORMA DE
GESTIÓN.
Esos 120 días
hábiles, vencieron el pasado 29 de junio.
Ante la desidia
o reticencia de la población a registrar su línea, la Comisión Reguladora de
Telecomunicaciones informó que faltaban alrededor de 80 millones de líneas de
vincular, por lo tanto, el 30 de junio de 2026 se publicó en el DOF una
prórroga para el registro, ahora incluyendo un calendario con vencimientos
progresivos con relación al último dígito de la línea celular.
Mientras no registremos nuestro número, las telefónicas nos estarán bombardeando por mensajes SMS dos veces por semana que nuestra línea no está vinculada. Y diariamente en los siete días previos al vencimiento del plazo previsto en el calendario.
Si no vinculamos
nuestra línea, la deshabilitación de los servicios de telefonía móvil se
realizará en un periodo no mayor a 72 horas (3 días) posteriores a la fecha señalada
en el calendario (Segundo Transitorio de los Lineamientos)
Es decir, mi
línea que termina en 6, tengo hasta el 15 de noviembre para vincularla. Si no
lo hago, a más tardar el 18 de noviembre de este año, quedará deshabilitada.
Ahora ¿Quién deberá
organizar y recabar la información de la vinculación de las líneas telefónicas?
Los proveedores. Es decir, las compañías que ofrecen el servicio de telefonía
celular. No es el gobierno. El gobierno está obligando a las telefónicas a
organizar y recabar la información.
El tratamiento y
cuidado de los datos personales estará a cargo de los Proveedores de Servicios
de telefonía móvil. ¿Pero quién nos garantiza que no al rato el gobierno
solicitará esa información a las telefónicas?
¿Quién debe
registrar-vincular su línea? TODOS.
Personas físicas y morales. Prepago y pospago. En radiopasillo es muy frecuente
escuchar el comentario que únicamente deben registrar su línea aquellos que
están en el plan de prepago. Pero no. Todos debemos registrar nuestra línea.
¿Qué se necesita
para vincular la línea? El artículo 7 de los lineamientos en su fracción XIV
nos indica que para vincular nuestro número, hay que proporcionar nuestro
nombre (o razón social), RFC o CURP y una identificación oficial.
Las personas
físicas podrán registrar hasta 10 líneas telefónicas (Artículo 10 de los
Lineamientos), pero el Octavo Transitorio releva de esta restricción a quien
antes del 09 de diciembre de 2025 tuviere más de diez líneas ya registradas a
su nombre.
Ahora, esta
restricción no es para todas las personas físicas: aquellas que demuestren con
su Constancia de Situación Fiscal que tienen una actividad empresarial, podrán
registrar más de diez líneas. Lo que no dice el artículo 10, es un régimen
fiscal en especial, por lo tanto, preveo una dificultad para los Resico, ya que
la ignorancia de las telefónicas acerca de quiénes pueden tributar en el
Régimen Simplificado de Confianza, pueden limitar el registro de más de diez
líneas para este tipo de personas físicas.
Para las
personas morales no aplica esta restricción y por lo tanto, podrán registrar
más de 10 líneas.
Se puede
habilitar presencialmente o por medios remotos, es decir, por internet.
¿Qué sucede si
no registro mi línea? Se DESHABILITA
(Sexto Transitorio de los Lineamientos). Por lo tanto, podré hacer únicamente
llamadas de emergencia y recibir mensajes de alerta común.
Así que… no
esperes más y no te hagas el valiente. Registra ya tu línea.
¿Tienes dudas?
Escríbeme por X: @gabe_cordero
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones.
Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES. Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la AMCP
Puebla por el bienio 2025-2026.
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