lunes, 21 de junio de 2021

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE PARA QUE UN PROVEEDOR EXPIDA MI FACTURA ELECTRÓNICA?


Me pregunta un cliente, bueno, más bien un buen amigo, esta duda.

¿Cuánto tiempo tienen nuestros proveedores para expedir un CFDI?

Al respecto, existe una respuesta: DE ACUERDO A LAS POLÍTICAS INTERNAS DEL PROVEEDOR.


Y esto se basa en lo siguiente:

La regla 2.7.1.24. de la #RMF2021 establece que las facturas al público en general se pueden elaborar de manera diaria, semanal o mensual (bimestral, si eres RIF). Por lo tanto, al ser una OPCIÓN para el vendedor, éste puede elegir cualquiera de estas políticas internas.

Yo recomiendo a mis clientes que establezcan la opción de UN MES, ya que es el lapso de tiempo más largo que otorga la regla 2.7.1.24  y dado que los impuestos se presentan por dicho periodo; para no tener problemas con los clientes que solicitan tarde su CFDI.

Lo que también recomiendo es que se informe a los clientes dicha situación, ya sea en sus tickets de venta y/o con un cartel bien visible en la caja de la empresa.

Por lo tanto: mi proveedor está en todo su derecho de establecer ciertos días como límite para que yo solicite mi factura; sin embargo no puede pasar por encima de mi derecho a solicitarle la expedición del CFDI.

¿Qué hacer si mi proveedor me niega la entrega del CFDI por una compra dentro del mes, argumentando que por políticas internas ya no lo pueden expedir?

Sencillo: quéjate en el SAT.

La regla 2.7.1.49. de la #RMF2021 establece las bases para denunciar la no expedición de CFDIs.

Tienes que entrar a la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura y seguir los pasos que nos indica la ficha de trámite 304/CFF del Anexo 1-A de la #RMF2021, la cual establece que deberás tener a la mano la siguiente información:

- RFC y/o nombre o razón social del proveedor.

- RFC del solicitante.

- Fecha de la operación.

- Monto de la operación.

En teoría, el SAT debe contestar en 6 días hábiles.

Recuerda que la expedición de un CFDI es una OBLIGACIÓN.

Y si no los elaboras, estarás sujeto a una sanción por parte del SAT.



¿Te fue útil la información? Agradeceré que la compartas.

Atentamente

Gabriel Cordero. 

Contador Público.





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