Seguimos platicando de las #DeduccionesPersonales y ahora toca hablar de los DONATIVOS.
Donativos entregados a contribuyentes con
autorización por parte del SAT para recibirlos. La limitante de los donativos
es del 7% de los ingresos acumulables que se obtuvieron en el año inmediato
anterior.
Si
los donativos se realizan a favor de la Federación, de Entidades Federativas,
Municipios o de sus organismos descentralizados, el monto máximo deducible será
del 4% de los ingresos acumulables del año anterior.
Cuando
solicites tu CFDI por este gasto, lo deberás pedir con la clave D04
(Donativos).
Recuerda que este comentario es para PERSONAS FÍSICAS. Cuando otorgues un donativo como PERSONA MORAL, solicita tu CFDI como G03 (gastos en general), ya que la Ley Suprema llamada “Guía de llenado de CFDI del SAT”, establece que el uso D04 no aplica para personas morales. Por lo tanto, para evitar futuros conflictos en la deducibilidad de un donativo como persona moral, no solicites la clave D04, sino G03.
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