lunes, 6 de julio de 2020

DOF - Semana del 30 de Junio al 06 de Julio de 2020 - PACONTADOR


SEMANA DEL 30 DE JUNIO AL 06 DE JULIO DE 2020
Lunes 06 de julio de 2020
ANEXOS 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, publicadas el 30 de junio de 2020.
ACUERDO por el que se modifican las Reglas para la gestión de trámites por medios de comunicación electrónica ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
Para presentar trámites a través de medios electrónicos

Viernes 03 de Julio de 2020
IMPI. Acuerdo por el que se establecen las directrices para el reinicio de actividades y la reanudación de plazos y términos legales: es decir, el 06 de julio.

Jueves 02 de Julio de 2020
Anexo 1-A de las Reglas de Comercio Exterior
Listado de presunción de EFOS, conforme al 69-B CFF, primer párrafo:
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:
Listado de programas IMMEX suspendidos:

Miércoles 01 de Julio de 2020 - VESPERTINA
Reformas y adiciones al Código Penal Federal.
Ninguna con relevancia fiscal. Pero cada una interesante:
Se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Se expide la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y se abroga la Ley de la Propiedad Industrial.
Reformas y adiciones a la Ley Federal del Derecho de Autor
Se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y se reforma y adiciona la Ley Aduanera:

Miércoles 01 de Julio de 2020 - MATUTINA
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:
Y otro listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

Martes 30 de Junio de 2020
Informe de los Servicios personales en el IMSS en 2019:
Se publican las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020:
Se publican los Anexos 1, 12 y 22 de las Reglas Generales de Comercio Exterior:

jueves, 2 de julio de 2020

CHISME DOF: COMEX, LISTA NEGRA DEL SAT, NUEVAS LEYES



Muchas cosas se han publicado en el DOF entre ayer y hoy.
El día de ayer en la publicación vespertina, aparecieron varias nuevas leyes.
Y esta semana siguen actualizando las #ListaNegraDelSAT


Jueves 02 de Julio de 2020
Anexo 1-A de las Reglas de Comercio Exterior
Listado de presunción de EFOS, conforme al 69-B CFF, primer párrafo:
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:
Listado de programas IMMEX suspendidos:

Miércoles 01 de Julio de 2020 - VESPERTINA
Reformas y adiciones al Código Penal Federal.
Ninguna con relevancia fiscal. Pero cada una interesante:
Se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Se expide la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y se abroga la Ley de la Propiedad Industrial.
Reformas y adiciones a la Ley Federal del Derecho de Autor
Se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y se reforma y adiciona la Ley Aduanera:

Miércoles 01 de Julio de 2020 - MATUTINA
Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:
Y otro listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

lunes, 29 de junio de 2020

INFONAVIT - clave SAT para RETENCIÓN INFONAVIT


RESUMEN DOF Semana del 23 al 29 DE JUNIO - ASESOR DE ASESORES



SEMANA DEL 23 AL 29 DE JUNIO DE 2020

Miércoles 24 de Junio de 2020:
OFICIO 500-05-2020-13598 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

Jueves 25 de Junio de 2020
OFICIO número 500-05-2020-13612 por el que se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

OFICIO número 500-05-2020-13643 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa en contra del oficio de presunción a que se refiere el artículo 69-B primer párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018, o en contra de la resolución a que se refiere el tercer párrafo del artículo en comento y una vez resuelto el mismo el órgano jurisdiccional o administrativo dejó insubsistente el referido acto.

Lunes 29 de Junio de 2020
El SAT publica cinco actualizaciones de la #ListaNegraDelSAT
1.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

2.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:

3.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):

4.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):

5.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):


LOS CHISMES DEL DOF: #ListaNegraDelSAT




1.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

2.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:

3.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):

4.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):

5.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF (primer párrafo):

martes, 23 de junio de 2020

RENOVACIÓN DE FEA-Fiel MEDIANTE SAT ID

A PARTIR DEL LUNES 22 DE JUNIO DE 2020, YA PUEDES RENOVAR TU E.FIRMA SIN NECESIDAD DE ACUDIR AL SAT.

Derivado de la contingencia, el SAT a implementado la posibilidad de poder renovar tu e.firma (que no haya pasado mas de 1 año el vencimiento) a través del SAT-ID, donde podrás encontrar habilitado la opcion de “Renovación de e.firma” en https://satid.sat.gob.mx

Para realizar el trámite debes tomar en cuenta estos puntos:

1.-Entrar al SAT-ID y realizar el trámite para e.firma y que la misma haya sido aprobada.
2.-Tener el Certificado Digital (Vencimiento no
mayor a 1 año) (.CER).
3.-Tener Llave privada del Certificado (Vencimiento no mayor a 1 año) (.KEY).
4.-Contraseña de la llave privada de los archivos anteriores.
5.-Dirección de correo electrónica propia.

martes, 16 de junio de 2020

INFORMACIÓN DE SOCIOS Y ACCIONISTAS

El próximo 30 de junio de 2020 vence la obligación de presentar el aviso al RFC acerca de la información de los socios o accionistas.

¿Qué información hay que presentar? El nombre y el RFC de cada uno de los socios.
¿Qué documento tenemos que anexar? El acta constitutiva de la persona moral o bien el acta de asamblea extraordinaria en la cual se modificó la estructura accionaria de la misma.

Este aviso es nuevo. Es un control más establecido por el SAT para conocer a detalle quiénes son los socios de cada persona moral. Si bien el SAT ya cuenta con esa información cuando se dio de alta la persona moral y se entregó copia del acta constitutiva, puede ser que en el transcurso de la vida de la sociedad, dicha estructura accionaria haya cambiado y por lo tanto el SAT quiere conocer a detalle quiénes son los socios actuales.
Y los muy huevoncitos del SAT, prefieren que tú les envíes la información a que ellos escarben en sus archivos y/o en los del Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

Ante tantas dudas acerca de este trámite, el día de ayer, el SAT emitió el comunicado de prensa 021/2020 en el cual hace las precisiones de cómo se debe presentar.



El fundamento legal es la Regla 2.4.19. de la #RMF2020, así como la ficha de trámite 295/CFF.


Y la famosa fecha límite del 30 de Junio, está establecida en el artículo Cuadragésimo Sexto Transitorio de la #RMF2020:


Yo soy de la idea de que se debe presentar el aviso aún cuando no se haya modificado la estructura accionaria, por la redacción del artículo transitorio en donde dice: "con la inforamción correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento".

La ficha de trámite 295/CFFindica que se debe presentar mediante un CASO DE ACLARACIÓN en "Mi Portal".

En el título del trámite, sugerimos "ACTUALIZACIÓN DEL RFC", ya que es el título más cercano relacionado con el trámite que estamos presentando.

En "ASUNTO", puedes poner cualquiera de los siguientes:
Opción 1: SE ENVÍA AVISO DE INTEGRACIÓN DE SOCIOS O ACCIONISTAS


Opción 2: FICHA DE TRÁMITE 295/CFF


En el cuerpo de la aclaración, sugerimos que se ponga el texto siguiente:

El que suscribe Gabriel Cordero, representante legal de TASHA & COCO, SA DE CV hace de su conocimiento que la integración de los socios de mi representada es la siguiente:
CHONCHETE BILLETE con RFC: BICH171123GCC
TENEDORA DE HARTALANA, con RFC: HATE170803ECM 


ACTUALIZACIÓN DE LA PUBLICACIÓN (domingo 21 de junio de 2020):
Ahora bien. Existen la duda acerca de que si no ha cambiado la estructura accionaria desde la creación de la persona moral, se debe o no presentar este aviso.
Hay consultas que han compartido los colegas en las redes sociales en las cuales el SAT aclara que no se debe presentar este aviso si la estructura accionaria no ha cambiado desde el inicio de la empresa. Incluso, con mis clientes, me rechazaron la presentación de un aviso justamente por que nunca ha cambiado la estructura accionaria:


Cosa curiosa, ya que aquí en AGNUS CONTADORES, decidimos presentar todos los avisos de nuestros clientes, hubieran o no cambiado su estructura accionaria: de todos los avisos presentados que no han cambiado socios, sólo nos han rechazado uno.
¿Entonces? ¿Se presenta o no?
El SAT no ha fijado una posición clara y oficial respecto a este punto. Las consultas compartidas por los colegas en redes sociales, no tienen la fuerza jurídica necesaria para establecer una posición oficial de la autoridad fiscal.


Espero que te sea de utilidad esta publicación.

Que tengas muy buen martes.

Gabriel Cordero
CONTADOR PÚBLICO

viernes, 12 de junio de 2020

INPC MAYO 2020

A continuación te compartimos el INPC de Mayo 2020, publicado el pasado 10 de Junio de 2020 en el DOF:

#INPC
#INPCMayo
#INPCMayo2020


viernes, 5 de junio de 2020

MINISITIO SAT PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS


El día de hoy, 05 de junio de 2020, el SAT puso en operación el minisitio para plataformas tecnológicas.
El minisitio del SAT consta de los siguientes apartados:


·         INICIO
·         INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN AL RFC
·         COMPROBANTES
·         DECLARACIONES
·         INFORMACIÓN ADICIONAL

INICIO. Es una breve descripción del minisitio.

INSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN AL RFC. Tiene dos opciones:
-          INSCRIPCIÓN. Indica que la Persona Física (PF) debe realizar la precaptura en internet y posteriormente concluir el trámite presencialmente en las oficinas del SAT. Para hacerlo, el contribuyente debe contar con cita. Sin embargo, hoy en día conseguir una cita es más que imposible. Por la pandemia Covid19, la página del SAT tiene restringidas las citas y por otro lado, en las oficinas del SAT prácticamente no hay contribuyentes haciendo sus trámites. Paradojas de este gobierno de la autodenominada 4T.
Por lo tanto, si al contribuyente le urge darse de alta, tendrá un gran problema.
-          ACTUALIZACIÓN AL RFC. El contribuyente debe contar previamente con “CONTRASEÑA” (antes llamada Clave CIEC).
Con el RFC y la Clave CIEC, el contribuyente debe ingresar a lo que antes se llamaba “MI PORTAL” en la siguiente dirección:
Una vez adentro de MI PORTAL, utilizar esta ruta de clics:
Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud
El minisitio indica que se debe utilizar la etiqueta “INGRESOS A TRAVÉS DE PLATAFORMA”

COMPROBANTES. Este apartado se refiere a los comprobantes que debe recibir el usuario de la plataforma. Por usuario, me refiero a la PF que percibe ingresos a través de Plataformas.
El minisitio indica que el usuario deberá recibir por parte de la plataforma un CFDI de retenciones e información de pagos con el complemento “Servicios Plataformas Tecnológicas”.
El 01 de mayo de 2020 fue publicada en el portal del SAT, la revisión A de la versión 1.0 del estándar técnico del Complemento Servicios Plataformas Tecnológicas.

DECLARACIONES. Habla de las diferentes declaraciones a que están obligadas las PLATAFORMAS. En este apartado no habla absolutamente nada de las declaraciones a que está obligado a presentar el usuario de la plataforma.

INFORMACIÓN ADICIONAL. Consta de un apartado con TRES PREGUNTAS FRECUENTES:
-          Inscripción y actualización en el RFC.
-          Preguntas generales del esquema
-          CFDI de retenciones y Complemento Servicios Plataformas Tecnológicas.


lunes, 1 de junio de 2020

BENJA SIEMPRE CON NOSOTROS

Benjamín Hernández Herrera es un poblano que siempre deseó haber nacido en Tlaxcala.

Ayer 31 de mayo, dejó de latir su corazón. Tenía 48 años.
La última vez que lo vi, fue una semana después de su cumpleaños para partir su pastel.

Me liga a él una amistad de mucho tiempo que se remonta a los primeros años de primaria, además de compartir mes de cumpleaños, ya que nuestros cumpleaños están separados únicamente por seis días.

En aquellos años le gustaba mucho el futbol y lo jugaba muy bien. En la primaria lo apodaban "PELÉ". Era peleonero. Le gustaban los madrazos hasta la universidad.
Se comía las uñas.
Le sudaban mucho las manos.
Tenía ojos muy muy chiquitos que cuando se reía, se hacían aún más pequeños.
Una ocasión en tercero de secundaria, en clase de español, se paró para contestar una pregunta de la Miss Mely y un compañero le dijo: "Benjamín, abre los ojos". A lo que él le contestó: "Rino, esconde la joroba". Quienes estuvieron presentes entenderán el chiste.

La vida separa momentáneamente a los amigos cuando llega el momento de decidir dónde estudiará cada quien. Por algunos años sólo me enteraba de él por los saludos que me enviaba con mi hermano cuando ellos se encontraban en el antro.
Siempre inquieto, la vida lo llevó por muchos lugares. Y entre Chiapas y Chihuahua conoció a Gladiola, su esposa. Me invitó a su boda a la cual no pude asistir por la lejanía en donde se llevó a cabo.

Hace muchos años le empecé a llevar la contabilidad y el crecimiento tanto de su negocio como del mío nos llevó a la necesidad de mudarnos de oficinas: pasamos de tener cada quien su negocio en su casa a rentar entre los dos una amplia casa para instalarnos ahí y compartir gastos.
Después de dos años, cada quien siguió con la expansión de su negocio por separado, pero la amistad seguía presente, como siempre.

Benja es quien diseñó el logo de AGNUS CONTADORES.
Benja siempre fue un emprendedor incomprendido.
Siempre se quejaba de que nadie lo entendíamos.
Siempre inquieto. Tenía muchas ideas. Su cabeza pensaba más rápido de lo que podía hablar y nunca te mantenía una conversación constante.
Le faltó tiempo para ejecutar todos sus planes.

Un gran amigo se ha ido muy temprano de esta fiesta que se llama VIDA.
Y aunque sabemos que siempre vas a estar con nosotros, vamos a extrañar tu plática interminable y las anécdotas que con tu buena memoria siempre recordabas.

Benja, siempre estarás con nosotros.


miércoles, 27 de mayo de 2020

RETENCIÓN DE IMPUESTOS POR DEPÓSITOS MAYORES A 5 MIL PESOS

Entra un mensaje a mi celular por whatsapp: es Don Chonchete Billete.
Sin mediar saludo, pregunta:
Contador ¿Se pagarán impuestos por depósitos mayores a cinco mil pesos en efectivo a partir del 01 de junio?
¿Me van a retener impuestos por esos depósitos?

Radiopasillo ataca nuevamente y genera chismes: Don Chonchete es el décimo cliente que me pregunta lo mismo en lo que va del mes de mayo (sin contar los amigos y conocidos que no son clientes y que lo preguntan en los diversos grupos de whats).

Inmediatamente le contesto que no. Que son chismes de las redes sociales.

Lo que le preocupa a Don Chonchete, no son los depósitos en las cuentas de ninguna de sus empresas. Lo que le preocupa son los depósitos que realiza en las cuentas bancarias que no quiere reportar y que él sigue pensando que son "cuentas personales" y que el SAT nunca le va a revisar.

No hay que perder de vista tres temas en este asunto:
- Los depósitos bancarios.
- La retención de impuestos que entrará en vigor el 01 de junio de 2020 a usuarios de plataformas digitales.
- La discrepancia fiscal.

LOS DEPÓSITOS BANCARIOS.
Todos los depósitos bancarios son fiscalizables. Recuerda que el brazo fiscalizador del SAT por excelencia es el sistema financiero y su consentido, el banco. Todas las cuentas bancarias al día de hoy, DEBEN tener el RFC del cuentahabiente. ¿Para qué? Para tenernos súper controlados.
Recuerda que no hay cuentas bancarias "personales".


Eso de que esta es la cuenta fiscal y esta otra es la cuenta personal es un mito: TODAS LAS CUENTAS BANCARIAS ESTÁN FISCALIZADAS.
Si en una auditoría el SAT o la Secretaría de Finanzas de tu estado te pide los estados de cuenta y únicamente le entregas los de una cuenta y te haces wey con la cuenta "personal", ellos por sistema le solicitan a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que les informe cuántas cuentas bancarias tienes (¿Cómo las detectan? Fácil: con tu RFC. Por eso todas las cuentas bancarias tienen un RFC) y si descubren que no les entregaste los estados de cuenta de aquella cuenta "personal", considerarán todos los depósitos bancarios de esa cuenta como ventas no declaradas y te calcularán el ISR y el IVA correspondiente.
Así que no tienes para dónde arrimarte con relación a tus cuentas bancarias: en tus declaraciones provisionales y/o anuales, las debes informar.
Así que si tú eres de esas personas que realizan depósitos bancarios y no presentas declaraciones al SAT, acércate a un verdadero asesor fiscal para regularizarte.
Te invito a que leas el artículo que tengo en este mismo blog sobre este tema de las cuentas bancarias no fiscales:
https://agnuscontadores.blogspot.com/2017/02/sabes-cuales-son-las-cuentas-bancarias.html


RETENCIÓN DE IMPUESTOS A USUARIOS DE PLATAFORMAS DIGITALES
El 01 de junio de 2020 entra en vigor la nueva Sección III del Capítulo II del Título IV que se adicionó en la Reforma Fiscal 2020. Esta nueva Sección regula a todas aquellas personas que obtienen ingresos a través de alguna plataforma digital.
Por ejemplo, Juan Pérez maneja un uber y obtiene ingresos por ser usuario de esa plataforma.
A Juan Pérez le van a retener impuestos a partir del 01 de junio por esos ingresos.
Y aquí es donde entra la confusión de las RETENCIONES DE IMPUESTOS A PARTIR DEL 01 DE JUNIO.
Mi teoría acerca de este chisme es la siguiente: que un reportero de finanzas de un medio nacional acudió a algún curso de reformas fiscales 2020 y entre estar distraído con su celular y con la bella contadora morena que se sentó junto a él; medio escuchó que a alguien le iban a retener impuestos a partir del 01 de junio y con esa información escribió su nota:
"A PARTIR DEL 01 DE JUNIO, EL SAT TE COBRARÁ NUEVOS IMPUESTOS POR TUS DEPÓSITOS MAYORES A CINCO MIL PESOS"
Si dices una estupidez con seguridad, seguramente te la creerán. Y eso fue lo que sucedió.
Muchos la creyeron y fue escalando tanto, que incluso medios nacionales serios, se fueron con la finta y replicaron la nota.
El Youtube está plagado de videos que hablan de este tema. Y ahí puedes ver justamente lo que te comento: los conductores de las cápsulas hablan muchas estupideces con muchísima seguridad. ¿Resultado? La gente les cree.


LA DISCREPANCIA FISCAL
Si tienes más depósitos bancarios que lo que estás reportando como "INGRESOS ACUMULABLES" en tus declaraciones de impuestos, CUIDADO. Estás cayendo en uno de varios supuestos de la DISCREPANCIA FISCAL.
Y con este gobierno de la autodenominada 4T que necesita mucho dinero para cumplir con sus metas de clientelismo disfrazado de "programas sociales", seguramente al rato van a empezar a llover invitaciones y requerimientos para que expliques tu discrepancia fiscal.
En estos tiempos de pandemia y confinamiento, hemos estado recibiendo más depósitos bancarios que antes. Ten cuidado en conciliarlos correctamente y reportarlos en tus declaraciones de impuestos. No caigas en discrepancia fiscal. Y si ya caíste, acércate con un verdadero asesor fiscal.


Como conclusión, Don Chonchete se quedó muy aliviado de que no le van a cobrar impuesto alguno por los depósitos que hace en esas cuentas en donde deposita las ventas que no factura.
Cuando el SAT las detecte y le solicite explicar la legal procedencia del dinero ya me hablará para que le arregle ese problema que desde ahorita le estoy advirtiendo.


Con el gusto de siempre, los saludo y recuerden que en materia fiscal, la lógica no existe.
Gabriel Cordero
Contador Público

martes, 26 de mayo de 2020

SAT. SIN CITAS Y SIN CONTRIBUYENTES EN SUS OFICINAS.

Acabo de regresar de acompañar a una clienta (una sobrina, en realidad) al SAT a tramitar su FEA-Fiel.
Tardamos más de un mes en conseguir la cita, ya que en el portal del SAT no hay citas. Están restringidas por el Covid. Eso lo entiendo muy bien. Lo que no entiendo, es por qué carajos sale mi clienta-sobrina y me dice: "no hay nadie adentro".
Estoy seguro que los pinches malditos satánicos neoliberales, enemigos de la 4T, estarían manejando mil veces mejor el sistema de citas del SAT que este gobierno de mierda.
No hay citas. Pero tampoco hay contribuyentes haciendo sus trámites en las oficinas del SAT.
¡¡¡PINCHE SAT PENDEJO!!!!!!

martes, 19 de mayo de 2020

DOF 19 DE MAYO: Prodecon.


El DOF de hoy, 19 de mayo de 2020, publica un chisme de la Prodecon:

EL PROGRAMA INSTITUCIONAL 2020-2024 DE LA PRODECON.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593478&fecha=19/05/2020

Dicho programa se forma de la siguiente manera:

1.- Índice
2.- Fundamento normativo de elaboración del programa
3.- Siglas y acrónimos
4.- Origen de los recursos para la instrumentación del Programa
5.- Análisis del estado actual
6.- Objetivos prioritarios
6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: Asegurar el ejercicio del derecho a la justicia en materia fiscal en el orden federal
6.2.- Relevancia del Objetivo prioritario 2: Abatir las causas que generan conflictos entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, derivadas de la estructura del sistema tributario
7.- Estrategias prioritarias y Acciones puntuales
8.- Metas para el bienestar y Parámetros
9.- Epílogo: Visión hacia el futuro


jueves, 14 de mayo de 2020

DOF HOY: Anexos 1-A, 5, 6, 7, 9, 14 y 23



El DOF de hoy 14 de mayo de 2020, publica los Anexos siguientes:

1-A. Trámites fiscales

5. Cantidades actualizadas del CFF

6. Catálogo de Actividades Económicas

7. Criterios Normativos

9. Actualización de deducciones de los Ingresos por Enajenación de Bienes

14. Donatarias Autorizadas

23. Domicilio de las Unidades Administrativas del SAT

Aquí puedes consultar el texto oficial:
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593307&fecha=14/05/2020


martes, 12 de mayo de 2020

DOF HOY: 1a MODIFICACIÓN A LA #RMF2020


El DOF de hoy, nos trae el chisme de la publicación de la 1ª modificación a la
#ResoluciónMisceláneaFiscal2020 #RMF2020





Se reforman las reglas
2.2.1.;
2.2.7.;
2.2.15.;
2.4.6., primero y sexto párrafos;
2.8.3.1., segundo párrafo;
3.10.11.;
3.16.11. y
3.17.4.,
así como la denominación del Capítulo 12.3. del Título 12, y;
se adicionan las reglas
2.1.13., fracción XI, tercer párrafo;
11.1.12.;
11.1.13.;
12.1.8.;
12.1.9.;
12.2.6.;
12.2.7.;
12.2.8.;
12.2.9.;
12.2.10.;
12.2.11.;
12.3.11.;
12.3.12.;
12.3.13.;
12.3.14.;
12.3.15.;
12.3.16.;
12.3.17.
y el Título 13. Disposiciones de Vigencia Temporal, que comprende las reglas 13.1., 13.2. y 13.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.




1.    
1.    Se reforma la regla 2.2.1. para establecer las reglas por las cuales se puede tramitar la Clave CIEC (contraseña) por medio de la página de Internet del SAT, de acuerdo a la ficha de trámite 7/CFF.
2.    Se reforma la regla 2.2.7. Para dar de alta el Buzón Tributario, ahora obligan a establecer como medio de contacto el correo electrónico y un número celular. Antes era uno u otro.
3.    Se reforma la regla 2.2.15. y con ella se complica el procedimiento para subsanar las irregularidades o desvirtuar las causas por las que fue restringido temporalmente el CSD.
4.    Se reforma la regla 3.17.4. para dar oportunidad a los contribuyentes PF que opten por presentar su declaración anual a más tardar el 30 de junio y que tengan ISR a cargo, que puedan parcializar el pago hasta en 6 meses, con su respectivo interés.
5.    Se adiciona la regla 11.1.12 para prorrogar al 30 de junio para que los artistas puedan presentar su solicitud de pago en especie.
6.    Se publican más reglas acerca de PLATAFORMAS. Título 12. Entra en vigor el 01 de junio de 2020.
7.    Se adiciona el Título 13:    DISPOSICIONES DE VIGENCIA TEMPORAL.
8.    Regla 13.1. Opción de pago de créditos fiscales por concepto.
9.    Regla 13.2. Se prorroga la presentación de la declaración anual de PF del ejercicio 2019, al 30 de junio de 2020.
10. Regla 13.3. Suspensión de plazos y términos legales.
11. La obligación de dar de alta el Buzón Tributario se prorroga para el 30 de septiembre de 2020 para PM y el 30 de noviembre de 2020 para PF.
12. Esta resolución entrará en vigor el día de mañana, 13 de mayo de 2020. Excepto el Título 12.

viernes, 8 de mayo de 2020

INPC ABRIL 2020

A continuación te compartimos el INPC de Abril 2020, publicado el pasado 08 de Mayo de 2020 en el DOF:

#INPC
#INPCAbril
#INPCAbril2020


DOF HOY: Reforma constitucional, UDIs e INPC de abril.


El DOF de hoy, publica tres chismes relevantes:

1.    Reforma constitucional en la cual se establece como derecho los apoyos sociales a personas con discapacidad, indígenas, afromexicanos; así como a todas las personas mayores de 68 años. También se establece un sistema de becas para los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública:

2.    Valor de la UDI:

3.    Se publica el INPC del mes de abril de 2020, el cual quedó en 105.755:


lunes, 4 de mayo de 2020

DOF HOY: IMSS, INFONAVIT, PROFECO.


El DOF de hoy, publica cinco chismes relevantes:

1.    Un Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos que deben seguir las Casas de Empeño durante la contingencia sanitaria:

2.    Reglas para el otorgamiento de créditos a los trabajadores derechohabientes del Infonavit:
3.    Se publica la suspensión de plazos para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Infonavit.

4.    Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS para la expedición de Incapacidades Temporales desde plataformas digitales de acceso remoto:

5.    Acuerdo del consejo Técnico del IMSS para la expedición de Incapacidades por maternidad y la certificación del estado de embarazo: