miércoles, 26 de febrero de 2020

INFORMACIÓN DE SOCIOS O ACCIONISTAS

Existe una nueva obligación en la RMF2020: enviar al RFC un aviso con la conformación de los socios o accionistas de todas las Personas Morales.


Y al respecto, te compartimos el siguiente artículo del LC Roberto Valenzuela Lozano:

https://elconta.com/2020/02/17/cancelacion-sellos-digitales-identificacion-socios/




NO LE PONGAS EL NOMBRE A LA FACTURA


Acabo de ir al Oxxo a comprar un celular por cuestiones familiares. Un tamagochi de esos de trescientos pesos.
Al solicitar que me lo facturara, la chica que me estaba atendiendo me pregunta mis datos: RFC, listo. Nombre…ok, ponle el nombre. Domicilio, déjalo en blanco.
Se voltea a verme y se le agrandan los ojos. Me pregunta: ¿No le pongo nada?
No.
Y me vuelve a preguntar: ¿Seguro? Si, le respondo.
Es que siempre me piden que le ponga la dirección.
Y yo le contesté: “ES QUE ELLOS NO TOMAN CURSOS CONMIGO”


¿HASTA CUÁNDO LA GENTE ENTENDERÁ QUE EL DATO POR EL CUAL SE DEBEN PREOCUPAR ES POR SU RFC?
Tres datos son los importantes que verifiques cuando solicites una factura:
1.    Tu RFC
2.    El método de pago
3.    La forma de pago

El nombre y el domicilio no son requisitos de deducibilidad. Recuerda que tu CFDI puede no tenerlos o incluso estar mal escritos.

Gabriel Cordero
Contador Público

lunes, 24 de febrero de 2020

EL NUEVE NADIE SE MUEVE




AGNUS CONTADORES obviamente se une al paro nacional de #UnDíaSinNosotras.
El objetivo es que todos nos sensibilicemos acerca de la importancia de RESPETAR a las mujeres. Que todos veamos lo importante que son las mujeres en nuestra sociedad y que vivamos en paz con ellas, sin violentarlas ni física ni verbalmente.
El 09 de marzo no es un día de asueto. Es un día de protesta. Protesta pacífica contra el actual gobierno y contra el anterior y contra el anterior y contra todos los que hemos tenido y que han generado esta crisis de valores en la que estamos.
El 09 de marzo es un día para recapacitar acerca de cómo estamos educando a nuestros hijos y a nuestras hijas. Los niños también pueden lavar trastes, lavar su ropa y los baños. Los niños (y los papás) tienen manos y pies para levantarse y servirse su comida solos.
El objetivo del 09 de marzo, es que todas “desaparezcan” para que las valoremos. No salgan, no utilicen redes sociales, no vayan a trabajar ni a clases. No cocinen ni realicen actividad alguna que normalmente hacen en sus casas ¡Que se sienta la ausencia de las mujeres en nuestra sociedad!
AGNUS CONTADORES laborará normalmente con la falta de sus contadoras, a quienes valoramos y respetamos desde siempre.
#UnDíaSinNosotras
#UnDiaSinMujeres

viernes, 21 de febrero de 2020

CHISME DEL DOF DE HOY: ACTUALIZACIÓN DE LA #ListaNegraDelSAT




El DOF de hoy, viernes 21 de febrero de 2020, publica cuatro actualizaciones de la #ListaNegraDelSAT:

1.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

2.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

3.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF:

4.    Listado global de presunción de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del 69-B CFF:

jueves, 20 de febrero de 2020

DECLARACIÓN ANUAL PM 2020

La fecha límite para presentarla es el martes 31  de marzo.
Se presenta durante los tres primeros meses después de que se cerró el ejercicio fiscal (9 LISR)

Objetivo de la declaración: CALCULAR Y PAGAR EL ISR DEL EJERCICIO.
Recuerden que el ISR se calcula por ejercicios fiscales y los pagos provisionales son a cuenta del ISR del ejercicio.

Para presentar el ejercicio fiscal de 2019, el SAT cambió la aplicación a una más robusta y con datos precargados.
Los datos precargados son los siguientes:
- Ingresos
- Retenciones
- Pagos efectuados

CFDI de nómina por sueldos, salarios y asimilados:
- Importe de la nómina
- Entero de las retenciones
- Subsidio para el empleo




Aquí te recopilamos los mejores artículos referentes a los problemas que se están presentando con relación a la declaración anual 2020 de las Personas Morales:

Noticias Fiscales Síndicos 2020-01 SINDICOINFORMA:
http://imcp.org.mx/publicaciones/noticias-fiscales-sindicos-2020-01-sindicoinforma-consideraciones-en-la-declaracion-anual-de-personas-morales-2020/






TANTO RUIDO QUE GENERÓ LA #FacturaciónInstantánea PARA TERMINAR EN ESTO...

Los banqueros anuncian la cancelación del proyecto de #FacturaciónInstantánea

https://elfinanciero.com.mx/economia/banqueros-cancelan-facturacion-instantanea-para-pagos-con-tarjetas


LINEAMIENTOS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA



El día de hoy, jueves 20 de febrero de 2020, el DOF nos publica el chisme de los LINEAMIENTOS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5587009&fecha=20/02/2020

martes, 18 de febrero de 2020

CHISME DOF DE HOY: RESOLUCIÓN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y #ListaNegraDelSAT



El DOF de hoy, publica dos chismes relevantes:

1.      Listado global definitivo de contribuyentes tercer párrafo del 69-B CFF

2.      Resolución de Facilidades Administrativas para el sector primario para 2020
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5586697&fecha=18/02/2020

miércoles, 12 de febrero de 2020

CORREO FRAUDULENTO SAT

Tengan cuidado.

Nuestros clientes nos están informando que les está llegando un correo de esta dirección:


El correo es un correo pishing que solicita seguir una liga electrónica.

¡NO LO HAGAN!






viernes, 7 de febrero de 2020

LOS CHISMES DEL DOF DE HOY: COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO IMSS



El día de hoy, 07 de febrero de 2020, el DOF publica el AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA, ASÍ COMO LOS FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOS POR LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DEL 2020:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585838&fecha=07/02/2020

jueves, 6 de febrero de 2020

viernes, 31 de enero de 2020

CRITERIO 46/IVA/N - RETENCIÓN 6% A SERVICIOS

El día de hoy, el SAT publicó en su página de internet el proyecto de criterio 46/IVA/N con relación a la retención del 6% de IVA.

Este intento de aclaración nos deja igual que el texto de la Ley del IVA en su fracción IV del 1-A.

Con esto, el SAT demuestra una vez más que no importa quién gobierne, si el PRIAN o la autodenominada #Tde4, las disposiciones fiscales siguen siendo confusas, dejando al contribuyente en un completo estado de indefensión e incertidumbre jurídica.



miércoles, 22 de enero de 2020

CHISMES DE HOY: #ListaNegraDelSAT y Decreto Ley Nacional de Extinción de Dominio



El DOF de hoy, publica tres chismes relevantes:
1.      Decreto por el que se reforman:
1.1.La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
1.2.la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y,
1.3.el Artículo Séptimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado el 9 de agosto de 2019

2.      Listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del 69-B CFF

3.      Listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del 69-B CFF

lunes, 20 de enero de 2020

LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA

El día de hoy, 20 de enero de 2020, se publicó la LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA.

Al respecto, aquí mis comentarios:

1. Se trata de una Ley que el Presidente López prometió para abatir la corrupción de los inspectores y verificadores que visitan al particular.

2. Entra en vigor mañana.
La encargada de dar cumplimiento a esta Ley es la Secretaría de Economía a través de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Cofemer).

3. Se nota que es una Ley hecha al vapor para cumplir el capricho del Poder Ejecutivo, ya que es una Ley muy ambigua en muchos aspectos: no aclara los beneficios que tendrá el particular al inscribirse al Padrón.

4. Los beneficios los acordarán las Secretarías y las dependencias de la Administración Pública Federal con la Cofemer.

5. Las personas podrán solicitar la lista de beneficios administrativos antes de darse de alta en el Padrón.

6. La Ley es de aplicación para las dependencias de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL. Es decir, no aplica para ninguna dependencia estatal ni municipal.

7. Pero lo peor de todo y lo que viene a sepultar una Ley que está naciendo, es el segundo párrafo del artículo primero, que a la letra dice:



Es decir, que esta Ley de CONFIANZA CIUDADANA, no aplica para las siguientes materias:
a) Fiscal
b) Aduanera
c) Del trabajo
d) De seguridad social
e) De comercio exterior
f) De lavado de dinero
g) Y auditorías 

Lo que nos dice en resumen el gobierno actual: CIUDADANO. CONFÍO EN TÍ, PERO POQUITO.

Imaginen un empresario, un emprendedor, un pequeño comerciante. ¿En qué quiere él que se le apoye y se le tenga confianza?
Quitando los temas antes descritos, ¿en qué le puede beneficiar la nueva Ley?

ESTA LEY ES LETRA MUERTA DESDE ANTES DE QUE ENTRE EN VIGOR.


Con gusto de escribirles

Gabriel Cordero
Contador Público
Twitter: @gabe_cordero


jueves, 16 de enero de 2020

REFORMAS FISCALES PARA NO CONTADORES


Curso #REFORMAFISCAL2020 PARA NO CONTADORES

Viernes 07 de Febrero de 2020
16:30 hrs

CUDS (Centro Universitario de Servicios)
11 Sur esquina 47 Poniente
(antes Megacable)

$300.00 por persona

Inscripciones: cursos@agnuscontadores.com
Tels: 222-266-5485
222-243-2712
Whats: 222-398-2116


TODOS CONTRA EL OUTSOURCING - Pp Soto


"TODOS CONTRA EL OUTSOURCING"

Interesante artículo de nuestro buen amigo Pp Soto:
https://ppsotoasesor.com/tll/todos-vs-el-outsourcing/


viernes, 10 de enero de 2020

INPC DICIEMBRE 2019

El día de hoy se publicó el #INPC de Diciembre 2019.
Con esto, la inflación acumulada de 2019 quedó en 2.83%, la segunda más baja desde que se comenzó a medir la inflación mediante el INPC.

#INPC
#INPCDiciembre
#INPCDiciembre2019


DOF CHISME DE HOY: INPC, UMA Y UDI



El DOF de hoy, publica tres chismes relevantes:

1.      #INPC de Diciembre 2019, el cual quedó en 105.934, dando una inflación acumulada de 2019 de 2.83%. La segunda más baja en la historia del INPC.

2.      El valor de la UMA que regirá del 01 de febrero de 2020 al 31 de enero de 2021:
UMA diaria: $86.88
UMA mensual: $2,641.15
UMA anual: $31,693.80

3.      Valor de la UDI

jueves, 9 de enero de 2020

CHISME DEL DOF DE HOY: Anexos 3, 5, 7, 8 y 11 #RMF2020


El día de hoy, 09 de enero de 2020, el DOF publica los anexos 3, 5, 7, 8 y 11 de la #RMF2020:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583666&fecha=09/01/2020


ANEXO 3. CRITERIOS NO VINCULATIVOS DE LAS DISPOSICIONES FISCALES

ANEXO 5. ACTUALIZACIÓN DE CANTIDADES ESTABLECIDAS EN EL CFF

ANEXO 7. COMPILACIÓN DE CRITERIOS NORMATIVOS

ANEXO 8. TARIFAS PARA EL CÁLCULO DEL ISR PARA PAGOS PROVISIONALES Y ANUALES. Tal como ya lo habíamos comentado, las tarifas para calcualr los pagos provisionales, no se actualizan. Se mantienen iguales que en 2019.



ANEXO 11. CATÁLOGOS IEPS



lunes, 6 de enero de 2020

CURSO RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2020


Capacítate con nosotros: PACONTADOR tu mejor decisión.

Curso por separado: $900.00
Paquete de cursos de enero: $2,000
IVA incluído.

CURSOS DE ENERO:

✅RÉGIMEN DE PLATAFORMAS DIGITALES (Jueves 9) Ricardo Reyna

✅RMF 2020 (Jueves 16) Gabriel Cordero

✅NIF ESTADOS FINANCIEROS (Jueves 23) Enrique Corona

✅PANORAMA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL (Martes 28) Pepe Soto

Para contratar, envíanos un whatsapp al 222-398-2116
O escríbenos a: cursos@agnuscontadores.com

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2020 - #RMF2020


Ernesto Sanciprián
Editor de Fiscal de IDC

Tal parece que las autoridades fiscales se alistan para iniciar un ejercicio fiscal 2020 fructífero para sus arcas, ya que no solo entran en vigor las reformas realizadas al CFF, a la LISR, LIVA, LIESPS; sino que también iniciará la vigencia la RMISC 2020, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2019.

Por esta razón se dan a conocer los 15 cambios más relevantes de este ordenamiento:
se adiciona la regla 1.12. referente a la información y documentación que proporcionará el tercero colaborador fiscal

             se añade la regla 1.13. relacionada con la obligación de los asesores fiscales y contribuyentes de proporcionar la información para revelar esquemas reportables (a partir de ejercicio 2021)

             en la regla 2.1.51. respecto a la facilidad para que el SAT resuelva consultas sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales se excluyen los supuestos de intereses no deducibles de conformidad con la fracción XXIII y XXIX del artículo 28 de la LISR y la cláusula anti abuso prevista en el numeral 5-A del CFF

             se adiciona la regla 2.2.15. que establece el procedimiento para restringir temporalmente el uso del CSD para la expedición de CFDI y para subsanar la irregularidad o desvirtuar la causa detectada

             se añade la regla 2.4.19. sobre la actualización de información de socios o accionistas

             en las reglas 3.1.22. y 3.1.23. se incluye el tratamiento de la deducción de gastos realizados por figuras jurídicas extranjeras transparentes, en función con lo dispuesto en el numeral 4-A de la LISR para el ejercicio 2020

             modificación a la regla 3.10.4. en la cual se contemplan algunos requisitos para continuar automáticamente con la autorización para recibir donativos deducibles para el ISR

             se elimina la regla 3.11.2. prevista en la RMISC 2019, referente al procedimiento para efectuar la retención del ISR de trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE, al momento del retiro de los recursos de la cuenta individual que cuenten con negativa de pensión, esto en consecuencia de lo previsto en el numeral 96-Bis dela LISR para el ejercicio 2020

             se mantiene la regla que regula la retención opcional de ISR e IVA aplicable a los prestadores de servicio de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos, disminuyendo la tasa de retención para ISR, solo que en la RMISC 2020 está prevista en la regla 3.11.11. (antes 3.11.12.)

             se adiciona la regla 3.13.27, que indica que los contribuyentes del RIF y los que obtengan ingresos por plataformas tecnológicas no están obligados a habilitar el buzón tributario

             se agrega la regla 3.15.15., que establece que el pago provisional por enajenación de bienes inmuebles se realizará a través del formato R46 “ISR por enajenación de bienes Inmuebles”

             se adiciona la regla 3.17.13., que contempla que se tendrá por cumplida la obligación de la declaración informativa del subsidio para el empleo con la emisión de los CFDI de nómina, siempre y cuando dichos comprobantes sean emitidos en términos de lo establecido en el Apéndice 5 “Procedimiento para el registro de subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo” de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” publicado en el Portal del SAT

             se elimina la regla 5.1.12. prevista en la RMISC 2019, sobre a la actualización de la cuota de bebidas saborizadas, toda vez que ahora el procedimiento se incluye en la LIESPS 2020

             se agrega la regla 11.4.18. la cual establece que la retención contemplada en el numeral 1-A de la LIVA por concepto de subcontratación laboral en región fronteriza se puede realizar al 3 %

             se añade un Título 12, referente a la prestación de servicios digitales

Con la publicación en el DOF de la RMISC 2020 está todo listo para iniciar un nuevo ejercicio fiscal que representará nuevos retos tanto para el fisco como para los contribuyentes; además se destaca la rapidez con la que se realizaron las modificaciones a este ordenamiento ya que apenas el 9 de diciembre de 2019 fue publicada la reforma fiscal para el 2020, en la cual se otorgaba un periodo de gracia al SAT hasta el 31 de enero para emitir las reglas de carácter general que regulará distintas tópicos de la reforma; sin embargo este no fue necesario.


viernes, 20 de diciembre de 2019

DÍAS DE ASUETO PARA 2020


El DOF de hoy, nos trae el chisme de los días en que las entidades financieras reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores deberán cerrar sus puertas durante el año 2020:


Y para simplificarte el chisme, te presentamos esos días en la siguiente infografía:



miércoles, 18 de diciembre de 2019

2a MODIFICACIÓN A LA #RMF2019


El día de hoy se publica la 2a Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2019:


Se reforman las reglas

2.8.1.5., primer párrafo y referencias,
2.8.1.18., primer párrafo y referencias,
3.21.3.3., fracción IV, tercer párrafo y referencias, así como el
Capítulo 11.5. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, publicado en el DOF el 13 de noviembre de 2019, que comprende las reglas 11.5.1., 11.5.2., 11.5.3., 11.5.4., 11.5.5., 11.5.6., 11.5.7. y 11.5.8.;

se adicionan las reglas

2.1.6., primer párrafo, fracción I, inciso c),
2.7.1.47.,
3.21.3.3., fracción I, inciso g y
3.21.3.13., y

se deroga la regla

11.5.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, para quedar de la siguiente manera:

martes, 17 de diciembre de 2019

DISCREPANCIA FISCAL - chismes en redes



Me acaban de compartir un video del Senador Samuel García en el cual habla de las reformas fiscales que entrarán en vigor el 01 de enero de 2020 y que fueron publicadas el pasado 09 de diciembre del presente.

Aquí la liga por si no lo han visto:

Habla de varias cosas.
Ahí van mis comentarios:
1.    Dice que dentro de la reforma, se generó la #FacturaInstantanea, cosa que no es cierta. La factura instantánea es un programa que el SAT presentó en noviembre de 2019 para facilitar la fiscalización de los contribuyentes mediante la expedición de un CFDI cuando pagues con tu tarjeta de crédito.
El SAT trata de venderlo como que será un mecanismo que facilitará la expedición de tu CFDI. Pero en realidad es un sistema de fiscalización para que la autoridad tenga la información de lo que compramos con la tarjeta de crédito.
2.    Dicen que van a ligar tu tarjeta de crédito con tu RFC. Pues yo les aclaro el punto: tu RFC está ligado a cualquier cuenta bancaria o tarjeta de crédito desde 2014. En la reforma fiscal de 2014, se obligó al sistema financiero mexicano a solicitar o generar el RFC de todos sus cuentahabientes. Por lo tanto, si tienes alguna cuenta bancaria y dices que nunca te has dado de alta en el RFC, chécale bien, estás equivocado: tu estado de cuenta ya trae tu RFC.
En julio de 2019, BBVA comenzó a enviar mensajes cuando realizabas SPEIs: “si el beneficiario de esta transacción no tiene su RFC asociado a su cuenta bancaria, esta transferencia no se completará”.
Por lo tanto, no es que vayan a ligar tu RFC a tu tarjeta de crédito. Esa información ya la tiene el banco. Lo único que van a hacer es que utilizarán dicha información para facturar tu compra.
3.    ¡COSITA! Samuel dice que toda esta información se va a ir acumulado en un exel que va a tener Hacienda. ¡¡Un exel!! ¡¡Como si el SAT fuera la tiendita de la esquina!! Mijo: el SAT tiene sistemas de cómputo mega sofisticados de análisis de datos con los cuales nos está fiscalizando mientras se toma un cafecito.
Que a veces se le va el avión y se mean afuera de la bacinica, eso que ni qué.
Pero de que le han invertido al tema de los sistemas, no hay duda. Y no tienen un exel, Samuel.
#NoMamar
4.    Después del minuto 1, trata de explicar la #DiscrepanciaFiscal.
Primer error: dice que de manera mensual, bimestral, semestral el SAT te va a hacer corte de caja. La discrepancia fiscal se genera de manera anual conforme al artículo 91 de la Ley del ISR.
El artículo 91 de la Ley del ISR no se reformó para 2020. Por lo tanto, todo lo que dice el Senador de que todo este show viene de la reforma fiscal 2020, no es cierto.
5.    Segundo error: el senador no sabe hacer una simple resta. Dice que si ganas 200 mil y gastas 800 mil, hay 500 mil de discrepancia fiscal. ¿200 menos 800 son 500?
6.    Tercer error: por ahí del minuto 2:33 dice que el SAT te va a cobrar 16% de IVA. Si el procedimiento de #DiscrepanciaFiscal está regulado en la Ley del ISR ¿cómo es que el SAT te cobrará el 16% de IVA? ¿Cómo sabe el SAT que la actividad por la cual te generaste la discrepancia fiscal causa IVA?
7.    Cuarto error: minuto 3:53, dice Samuel que si tenías dinero guardado, si te habían donado, si te habían heredado, si te ganaste la lotería; todo eso te generará una discrepancia fiscal.
Le sugiero al senador y aspirante a gobernador de Nuevo León, que se asesore con verdadero fiscalista respecto de esos ingresos. O bien, que lea el artículo 93 de la Ley del ISR.
Que no te espanten con el petate del muerto. Asesórate con tu contador o con un verdadero fiscalista respecto de estas entradas para que te diga cómo se deben informar para que no se te consideren ingresos acumulables.

El tema de la discrepancia fiscal no es nuevo.
Infórmate bien con tu asesor fiscal para que no te sorprenda el SAT.
El año 2020, será un año de fiscalización excesiva por que la #Tde4 necesita dinero para seguir con sus programas populistas.
El desconocimiento de la Ley, no te exime de su cumplimiento. Por lo tanto, debemos estar atentos a conocer lo básico para que no pagues más de lo que debes pagar.

Gabriel Cordero
Contador Público
Twitter: @gabe_cordero

viernes, 13 de diciembre de 2019

CHISMES DEL DOF: #ListaNegraDelSAT



El DOF de hoy, publica una actualización de la #ListaNegraDelSAT :
1.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:

miércoles, 11 de diciembre de 2019

NO LOCALIZADO: respuesta del SAT

Para la gustada sección "ABSURDOS DEL @SATMX ", presentamos:
1. Se solicita verificación de domicilio para reactivar padrón de importadores.
2. La visitadora llega y verifica el domicilio de junto. Uno que está abandonado. Tenemos video.
3. Ponen al contribuyente como NO LOCALIZADO y le cancelan sellos.
4. Paralelamente se solicita una nueva visita y se levanta aclaración en "Mi Portal".
5. A diez días que se vaya el SAT de vacaciones, y dejen colgada de la lámpara a la contribuyente, el SAT contesta:

Digo. Si la contribuyente está como "NO LOCALIZADO", para eso pido una nueva visita: ¡¡PARA QUE ME LOCALICEN!!

¿El 12 de Diciembre es descanso obligatorio por ley?

¿El 12 de diciembre es día de descanso obligatorio por Ley?

No. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo no establece al 12 de diciembre como un día de descanso obligatorio.
Se descansa por tradición, como en Semana Santa, por ejemplo.


CHISMES DOF HOY: #PEF2020 Presupuesto de Egresos 2020



El DOF de hoy, publica:

1.      #Reforma2020 : Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2020:

martes, 10 de diciembre de 2019

INPC NOVIEMBRE 2019

Hoy se publicó en el DOF el #INPC #INPCNoviembre #INPCNoviembre2019 y aquí te lo compartimos:


lunes, 9 de diciembre de 2019

CHISMES DOF HOY: Se publican reformas fiscales #ReformaFiscal2020

El día de hoy, se publica la #ReformaFiscal2020:


1.    Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LISR, LIVA, LIEPS y CFF:
2.    Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la ley Federal de Derechos:
3.    Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos:

viernes, 6 de diciembre de 2019

CHISMES DOF HOY: #ListaNegraDelSAT



El DOF de hoy, publica tres actualizaciones de la #ListaNegraDelSAT
1.    Listado de contribuyentes que promovieron algún medio de defensa y que lograron salir del 69-B CFF:

2.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del tercer párrafo del 69-B CFF:

3.    Listado global definitivo de contribuyentes que se ubicaron en el supuesto del cuarto párrafo del 69-B CFF:
v