Compartimos este comunicado de la oficina del Dr. Silvino Vergara:
Aviso respecto de proveedores publicados
como definitivos de operaciones inexistentes el 8 de julio de 2020
El pasado 8 de
julio de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, se publicó
el listado de contribuyentes considerados por el Servicio de
Administración Tributaria como aquellos que expiden comprobantes fiscales
que amparan operaciones inexistentes. Por ende, los que cuentan con CFDI
expedido a su favor tienen 30 días hábiles —que están corriendo a pesar
de la pandemia— para corregirse o hacer la aclaración pertinente por
medio del portal del Servicio de Administración Tributaria. De no
hacerlo, se les puede revocar el certificado del sello digital e,
incluso, se los puede publicar como contribuyentes que usan CFDI
apócrifos. Por ende, es necesario verificar dicha lista de los 31
contribuyentes que aparecen publicados para tomar las decisiones
pertinentes.
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