De la oficina del Dr. Silvino Vergara, compartimos este comentario:
Comunicación sobre la nueva ley de Propiedad Industrial
El 1 de julio de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la
nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que
derogó a la antigua Ley de la Propiedad Industrial. Esta nueva ley
entrará en vigor a los 3 meses después de su publicación, es
decir, el 29 de septiembre de 2020.
Entre las novedades que contiene dicha ley están:
1.
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ahora podrá cobrar
sus propias multas que impone, función que anteriormente realizaban
las Secretarias de Finanzas Estatales.
2.
Se establece como sanción no atender las visitas realizadas por personal
del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o, bien, oponerse a
ellas. Adicionalmente a la multa, se da la clausura de la negociación
hasta por noventa días.
Como es de su conocimiento, la mayoría de las inspecciones
realizadas por personal del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
se lleva a cabo a solicitud de las empresas propietarias de las
licencias utilizadas en programas de cómputo —que son las que tienen
la capacidad económica e infraestructura para solicitar dichas
inspecciones—. Por ello, es conveniente considerar esta nueva ley, que
otorga mayores facultades a dicho instituto.
|
|
|
No hay comentarios.:
Publicar un comentario