jueves, 24 de abril de 2025

NOTIFICACIONES POR ESTRADOS

 

NOTIFICACIONES POR ESTRADOS

Por Gabriel Cordero

 


La autoridad fiscal (SAT, IMSS, Infonavit, etc), conforme al artículo 134 del Código Fiscal de la Federación (CFF) tiene varias formas de notificarnos algo:

·         Por Buzón Tributario.

·         Personalmente

·         Por correo certificado

·         Por correo ordinario

·         Por telegrama. Si. Aunque usted no lo crea.

·         Por edictos

·         Por estrados

Y es este último del que les quiero platicar, ya que en días recientes leí una sugerencia de un colega de acudir a las oficinas del SAT para verificar si le habían notificado algo a un contribuyente mediante estrados.

Los que somos más veteranos en esto del abarrote contable y fiscal, conocimos las notificaciones por estrados de esa manera, ya que al entrar a las oficinas del SAT, veíamos tapizados los pizarrones de la entrada con notificaciones.

Pero eso cambió en la reforma fiscal de 2022 con la modificación del artículo 139 CFF en donde se cambió el fijar las notificaciones por un plazo de seis días en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad a publicarlas durante diez días en la página electrónica de la autoridad fiscal.

En estos casos, se tendrá como fecha de notificación la del decimoprimer día contado a partir del día siguiente a aquel en que se hubiera publicado el documento.

Así que si te sugiere alguien acudir a las oficinas del SAT para verificar si te notificaron algo por estrados, te vas a llevar una gran desilusión, porque lo pudiste haber hecho por internet.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme.

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la AMCP Puebla. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

Twitter: @gabe_cordero

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