jueves, 26 de octubre de 2023

CONTA. ¿YA PUEDO TIRAR A LA BASURA LA CONTABILIDAD?

 


CONTA. ¿YA PUEDO TIRAR A LA BASURA LA CONTABILIDAD?

Por Gabriel Cordero

 

Estoy haciendo antesala en la oficina de Don Chonchete Billete para mi visita mensual a mi octogenario cliente.

Llega la asistente de contabilidad, la señora Fecunda Copiosa, una trabajadora de la fábrica, que siempre está embarazada y me pregunta: contador Cordero, ¿Ya puedo tirar los papeles de contabilidad que tenemos de 2017?

A lo que le respondo: recuerda Fecunda que nos podemos deshacer de los documentos que tengan cinco o más años, siempre y cuando nuestro domicilio fiscal esté localizado.

El cálculo de esos cinco años, se debe realizar a partir de la presentación de la declaración anual. En el caso que me comentas, la declaración anual de 2017 se presentó en marzo de 2018 y a partir de ahí comenzamos la contabilidad de los cinco años. Por lo tanto, en marzo de 2023 se cumplieron los cinco años y ya puedes deshacerte de esos documentos.

Sin embargo, hay que tener cuidado con las siguientes excepciones:

-       Si ese año se tuvo pérdida fiscal y se está aplicando en años posteriores, no nos podemos deshacer de esos documentos.

-       Tratándose de contabilidad y documentación correspondiente a actos cuyos efectos fiscales se prolonguen en el tiempo, como son las deducciones de inversiones por ejemplo, el plazo de cinco años comenzará a computarse a partir de la presentación de la última declaración anual en que se aplique dicha deducción de inversiones.

-       Si se promovió algún juicio o recurso, el plazo de cinco años, comenzará a computarse a partir de que haya quedado firme la resolución que puso fin a dicho asunto.

Pero hay que tener cuidado en no tirar nunca la siguiente documentación: actas constitutivas de personas morales, contratos de asociación en participación, actas de aumento o disminución del capital social, fusión o escisión de sociedades, constancias de distribución de dividendos, documentación por la cual se determinó el costo y la enajenación de acciones, así como declaraciones provisionales y del ejercicio.

A lo que me contestó la señora Fecunda: ah… ok… ¿Me lo puede enviar en un correo, porfis? Es mucha información.

Con gusto, Fecunda. ¿Para cuándo nace este bebé?

En mes y medio, conta.

En ese momento, la Señorita Ignacia Bustos me indicó que ya podía pasar a la oficina de Don Chonchete Billete.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme.

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

Twitter: @gabe_cordero

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