martes, 18 de septiembre de 2018

CATALOGO DE FORMAS DE PAGO


CATÁLOGO DE FORMAS DE PAGO DEL SAT

01 – EFECTIVO

02 – CHEQUE NOMINATIVO. El cheque debe estar efectivamente cobrado.

03 – TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS.

04 – TARJETA DE CRÉDITO. El dinero debe estar efectivamente en nuestro banco.

05 – MONEDERO ELECTRÓNICO. Anexo 28 RMF / Reglas 3.3.1.6. al 3.3.1.13 combustibles /

06 – DINERO ELECTRÓNICO. Criptomonedas.

08 – VALES DE DESPENSA. Regla 3.3.1.15: aquel que independientemente del nombre que se le designe, se proporcione a través de monedero electrónico y permita a los trabajadores que lo reciban… / la característica principal es que se le otorga a los trabajadores.

12 – DACIÓN EN PAGO. Dar un bien para saldar una deuda.

13 – PAGO POR SUBROGACIÓN. Es cuando una persona sustituye a otra en una obligación.

14 – PAGO POR CONSIGNACIÓN. Es cuando el acreedor no quiere (o no puede) recibir el pago del deudor, para así perjudicar de alguna forma a éste. Sin embargo, el segundo deposita en un tercero la cantidad de dinero adeudada.

15 – CONDONACIÓN. También llamado quita. Es cuando el acreedor le perdona el pago al deudor.

17 – COMPENSACIÓN. Es cuando el deudor también es acreedor de su acreedor y deciden por mutuo acuerdo saldar el adeudo o parte de él.

23 – NOVACIÓN. Es cuando se modifica algún elemento fundamental de la relación (sujeto, objeto o condiciones esenciales), creando una nueva.

https://agnuscontadores.blogspot.com/2023/11/el-uso-correcto-de-la-novacion-como.html

24 – CONFUSIÓN - Es cuando en una misma persona se reúnen los conceptos de deudor y acreedor. La diferencia con la compensación es que aquí se trata de la misma persona.

25 – REMISIÓN DE DEUDA. Es cuando el acreedor reduce total o parcialmente el pago al deudor.

26 – PRESCRIPCIÓN O CADUCIDAD. Es la extinción del derecho del acreedor a cobrar al deudor por el paso del tiempo.

27 – A SATISFACCIÓN DEL ACREEDOR. Es un acuerdo entre las partes en donde el acreedor está de acuerdo en la forma en que el deudor le paga.

28 – TARJETA DE DÉBITO. El dinero debe estar efectivamente en nuestro banco.

29 – TARJETA DE SERVICIOS. Regla 2.7.1.33. - son aquellas emitidas por empresas comerciales no bancarias en términos de las disposiciones del Banco de México.

30 – APLICACIÓN DE ANTICIPOS. Es cuando el cliente nos dio previamente un anticipo y lo estamos aplicando. Hay que recordar que para el SAT, el concepto de “ANTICIPO” es cuando no se conoce o no se ha determinado ni el bien o el servicio que se va a adquirir, ni el precio del mismo.

31 – INTERMEDIARIO DE PAGOS. Es cuando recibo un pago a través de algún intermediario, por ejemplo Oxxo, Paypal, Mercado Pago, Amazon, Air bnb, Uber, etc.

99 – POR DEFINIR. Esta clave se utiliza cuando, al expedir el CFDI, no nos lo han pagado o bien cuando sabemos que no nos la van a pagar dentro del mes. Es decir, cuando se utilizó el método de pago PPD.

 


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