jueves, 29 de agosto de 2024

LOS PENSIONADOS Y EL BUZÓN IMSS

 


LOS PENSIONADOS Y EL BUZÓN IMSS

Por Gabriel Cordero

 

Ha surgido una gran controversia con relación a la activación del Buzón IMSS por parte de los pensionados. Y todo a raíz de varias notas periodísticas elaboradas por personas no conocedoras del tema en donde aseguraban que de no dar de alta su Buzón IMSS a más tardar el 01 de febrero de 2025, el pago de su pensión iba a ser suspendida.

El artículo 5-A de la Ley del Seguro Social establece quién debe dar de alta el Buzón IMSS. Y son, entre otros, los derechohabientes, los patrones y sujetos obligados, los contadores públicos autorizados, los responsables solidarios, y los terceros relacionados.

Oye Gabriel, pero ahí no dice PENSIONADOS.

Es correcto. Como dice mi compadre Jack el destripador: vamos por partes. La fracción XIII del artículo 5-A es la que establece que los PENSIONADOS son derechohabientes. Por lo tanto, los pensionados sí deben dar de alta su Buzón IMSS.

Mediante una publicación en la red social X del pasado 19 de agosto, el Instituto Mexicano del Seguro Social aclaró que el pago de pensiones no se encuentra condicionado a la habilitación del Buzón IMSS.

Por lo tanto, duerman tranquilos amables pensionados.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme. Twitter: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

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