LOS PENSIONADOS Y EL BUZÓN IMSS
Por Gabriel
Cordero
Ha surgido una
gran controversia con relación a la activación del Buzón IMSS por parte de los
pensionados. Y todo a raíz de varias notas periodísticas elaboradas por
personas no conocedoras del tema en donde aseguraban que de no dar de alta su
Buzón IMSS a más tardar el 01 de febrero de 2025, el pago de su pensión iba a
ser suspendida.
El artículo 5-A
de la Ley del Seguro Social establece quién debe dar de alta el Buzón IMSS. Y
son, entre otros, los derechohabientes, los patrones y sujetos obligados, los
contadores públicos autorizados, los responsables solidarios, y los terceros
relacionados.
Oye Gabriel,
pero ahí no dice PENSIONADOS.
Es correcto.
Como dice mi compadre Jack el destripador: vamos por partes. La fracción XIII
del artículo 5-A es la que establece que los PENSIONADOS son derechohabientes.
Por lo tanto, los pensionados sí deben dar de alta su Buzón IMSS.
Mediante una
publicación en la red social X del pasado 19 de agosto, el Instituto Mexicano
del Seguro Social aclaró que el pago de pensiones no se encuentra condicionado
a la habilitación del Buzón IMSS.
Por lo tanto,
duerman tranquilos amables pensionados.
¿Tienes dudas?
Escríbeme. Twitter: @gabe_cordero
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el
libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor
de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
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