¿Los pensionados están obligados a dar de alta el Buzón
IMSS?
El artículo 286-M, segundo párrafo de la Ley del Seguro
Social establece que las PERSONAS PARTICULARES están obligados a activar el
Buzón IMSS.
El artículo 5-A, fracción XXIV de la misma Ley, establece
que los derechohabientes se consideran PERSONAS PARTICULARES.
Y la fracción XIII del mismo artículo menciona que los PENSIONADOS
son DERECHOHABIENTES.
Por lo tanto, los pensionados sí están obligados también a
activar su Buzón IMSS.
Pero su activación no está condicionada a la suspensión en
el pago de pensiones.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario