jueves, 6 de junio de 2024

¿Y SI FALLECE EL CONTRIBUYENTE?

 


¿Y SI FALLECE EL CONTRIBUYENTE?

Por Gabriel Cordero

 

Don Chonchete Billete me informó que uno de sus trabajadores falleció y me preguntó qué procedía.

Le comenté que lo daríamos de baja en el IMSS con la causa “fallecimiento”, primero que nada. Y ante el SAT, no hay que hacer absolutamente nada, ya que conforme al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, apartado C, fracción XIII, es una facultad del SAT dar de baja el RFC de personas fallecidas con base en información proporcionada por terceros, que en este caso sería el Registro Civil a través de la cancelación de la CURP de ese trabajador. Asimismo, la Regla 2.5.3. de la Resolución Miscelánea para 2024, aclara que la autoridad fiscal podrá realizar la cancelación del RFC sin necesidad de presentar el aviso respectivo cuando el contribuyente se encuentre dado de alta exclusivamente en el régimen de sueldos y salarios, o en el extinto RIF, o sin obligaciones fiscales, o por intereses, o por dividendos, o bien que exista un aviso de suspensión de actividades previo al fallecimiento con independencia del régimen fiscal que tenía el contribuyente fallecido.

-       Oye, conta. Me interrumpió mi octogenario cliente, pero mi comadre tuvo que hacer muchísimos trámites y dar vueltas y vueltas al SAT para lograr cancelar el RFC de mi compadre que tenía su negocio.

-       ¡Ah! Es que ahí es distinto, Don Chonchete. Como su compadre estaba dado de alta con una actividad empresarial, el trámite es distinto. Se debe tramitar un aviso de apertura de sucesión conforme a la ficha de trámite 80/CFF. Este trámite lo realiza el albacea y si lleva todos los requisitos, el trámite se ejecuta de manera inmediata. Una vez concluida la sucesión, se debe dar aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión conforme a la ficha de trámite 84/CFF. Este trámite también lo realiza el albacea.

Ok, contador. Pues manos a la obra. Tú a lo tuyo y yo a contratar a otra persona.

Y sin más, me colgó el teléfono.

Típico de Don Chonchete.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme. Twitter: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

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