jueves, 30 de mayo de 2024

RAZONES POR LAS CUALES NO VOTAR POR morena

 Hace unos días, hice una pregunta en el FB dirigida para mis amigos amlovers:

Solo uno de ellos me contestó. Y no pudo convencerme con 10 cosas buenas de este gobierno.

Ahora, yo te voy a decir algunas cosas por las cuales NO votar por morena:

1.       La cancelación del nuevo aeropuerto. Costó más cancelarlo y construir la central avionera del AIFA que haber terminado el NAICM.

El AIFA es un aeropuerto al cual hay que estar subsidiando cada mes para que pueda operar. Está lejos y es más caro llegar hasta allá para tomar un vuelo barato. Un elefante blanco.

2.       Medicinas. Dijeron que había contratos amañados en la compra de medicinas y reorganizaron toda la logística. Resultado: un desabasto como nunca se había visto y un costo mayor del que se tenía con el corrupto de Peña Nieto.

3.       Salud. Los hospitales y clínicas familiares son una ofensa para cualquier usuario. Falta de mantenimiento por todos lados. Falta de insumos. Con los corruptos del PRIAN, nunca escuché ninguna anécdota donde para operar a tu familiar, te pidan que vayas a comprar esto u otro insumo, “porque no tenemos”. Hoy es la constante en cualquier hospital.

Estamos muy lejos de ser Dinamarca, como se prometió.

4.       Vacunación. Con los corruptos del PRIAN, éramos uno de los países del mundo con la mayor tasa de vacunación. Hoy, uno de cada 3 niños tiene su esquema de vacunación completo.

5.       La pandemia. México fue uno de los países donde peor se manejó la pandemia. El uso del cubrebocas era básico y su falta de promoción significó el contagio y la muerte de miles de mexicanos.

6.       Apagones. Con el corrupto de Peña, se habían creado las condiciones para que los particulares invirtieran en la generación de energías limpias. Con el pretexto de la soberanía nacional, la autodenominada 4T le dio para atrás a esa reforma. Resultado: hoy tenemos apagones.

Se compraron plantas a Iberdrola. ¿Y luego? Otro elefante blanco.

7.       Dos Bocas. Lleva dos inauguraciones y no refina nada. Se inunda y ha costado más dinero del que habían presupuestado originalmente. Otro elefante blanco.

8.       Secrecía de la información. Este gobierno que según dice ser transparente, es la administración que más información ha reservado.

9.       Presupuesto. Es increíble que este año se redujo el presupuesto para salud en 55%, y se le aumentó a la Secretaría de la Defensa Nacional en un 121%.

10.   Palacio Nacional. Si bien se abrió al público la exresidencia oficial de Los Pinos, se convirtió en propiedad privada a Palacio Nacional. Con los corruptos del PRIAN, cualquier persona podía entrar a Palacio Nacional. Hoy está cerrado incluso en sus calles aledañas.

11.   Desastres naturales. La inacción, omisión e incapacidad del gobierno federal ante los desastres naturales ha sido evidente. Reaccionan tarde y mal.

12.   Seguridad pública. El crimen organizado tiene grandes extensiones del territorio nacional bajo su control. Y no hay quien detenga esto. Hoy en día, para los jóvenes es más atractivo trabajar con los cárteles de la droga que estudiar o poner un negocio.

La estrategia de seguridad pública es un verdadero fracaso.

13.   Corrupción. El sexenio de Peña Nieto se caracterizó por un incremento en la corrupción sin precedentes. Sin embargo esos corruptos son niños de pecho ante los corruptos de morena. Los hijos del Presidente López se han despachado con la cuchara grande. Los hijos de Martha (que fueron unos verdaderos bribones) se quedan chiquitos comparados con los trivagos.

14.   SAT. El portal del SAT nunca ha fallado tanto como con la autodenominada 4T.

 15.       Tren Maya. Un proyecto ecocida y financieramente inviable. Se gastaron miles de millones de pesos, que ni circulando lleno todos los días a todas horas, se paga en el corto plazo. Se estima que este proyecto será autosustentable en unos 25 años.

 

 

 

miércoles, 29 de mayo de 2024

¿QUIÉN PAGA EL ISR DE LOS TRABAJADORES DE SALARIO MÍNIMO?

 


¿QUIÉN PAGA EL ISR DE LOS TRABAJADORES DE SALARIO MÍNIMO?

Por Gabriel Cordero

 

Desde el 01 de enero de 2024, la comunidad contable se hizo la misma pregunta en diversos foros: ¿Qué sucede con el ISR que se genera a los trabajadores que perciben el salario mínimo?

Y las diferentes opiniones no se hicieron esperar: lo tiene que pagar el patrón, decían unos. No, lo tiene que pagar el trabajador, argumentaban otros.

¿Y por qué se generó este cuestionamiento ahora y antes no? Porque a partir de 2024, con el incremento del salario mínimo y la inmovilidad de la tabla del subsidio para el empleo, vigente desde 2013 (aunque era la misma desde 2007, en realidad), a los trabajadores que perciben el salario mínimo, ahora se le genera un ISR a cargo, y por lo tanto el tan cacareado incremento del 20%, se reducía a un 14%.

Y muchos colegas argumentaban que el artículo 96 de la Ley del ISR establece que a las personas que en el mes únicamente perciban UN salario mínimo, no se le efectuará retención de ISR. Y con base en este texto, establecen que el patrón es quien DEBE de cargar con el ISR del trabajador.

Pero no hay que perder de vista que el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo prohíbe la compensación, descuento o reducción a quienes perciban el salario mínimo.

Ahora bien, el quinto párrafo del artículo 94 de la Ley del ISR, nos aclara que los ingresos por sueldos y salarios los obtiene en su totalidad quien realiza el trabajo. Es decir, el empleado es quien debe acumular esos ingresos y por lo tanto él es quien debe pagar el impuesto. ¿Cómo lo paga? El primer párrafo del 96 de la Ley del ISR, obliga al empleador a retener y enterar el ISR del trabajador.

Ahora bien, a los trabajadores de salario mínimo ¿Se les genera ISR? Si.

¿Se les debe retener? No, por los argumentos antes establecidos.

¿De quién es el impuesto? Del trabajador.

¿Quién lo debe pagar? El trabajador

¿Cómo lo debe pagar? El primer párrafo del artículo 150 de la Ley del ISR obliga a los trabajadores a pagar su impuesto anual en el mes de abril del año siguiente. Pero el segundo párrafo del mismo artículo, les da la opción de no presentar su declaración anual, siempre y cuando no hubieren percibido más de $400,000 de ingresos en todo el año.

Cabe aclarar que el ingreso anual de una persona que percibe el salario mínimo, es de $94,544 pesos (considerando únicamente salarios más aguinaldo) y el impuesto anual que se genera es de $6,075. A este importe le debemos restar las cantidades acumuladas que por concepto de subsidio para el empleo le correspondieron al trabajador de mayo a diciembre de 2024 y eso nos da un resultado final anual de $2,954.

Con base en lo argumentado anteriormente, estos $2,954 anuales, los debe enterar el trabajador, pero como el segundo párrafo del 150 de la LISR le da la opción de NO presentar declaración anual, pues obviamente el trabajador NO la va a presentar. ¿Quién está peleado con su dinero?

Entonces ¿Qué sucede con esos $2,954? Están en un limbo legal, en donde el trabajador seguramente optará por no presentar su declaración anual y por lo tanto, no pagarlos; y la autoridad no podrá exigir el cobro de este impuesto, ya que el trabajador tomará la opción permitida por la Ley de no presentar dicha declaración anual.

$2,954 pesos por un trabajador, puede ser que no signifiquen gran cosa para el erario mexicano. Pero las estimaciones conservadoras establecen que en este bello país existen alrededor de 8 millones de trabajadores que perciben un salario mínimo, lo que genera una suma acumulada anual de 23 mil millones de pesos. Aquí la cifra se hace más interesante.

¿Será que la autodenominada 4T se haya dado cuenta del dinero que está dejando ir?

 

¿Tienes dudas? Escríbeme. Twitter: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

martes, 28 de mayo de 2024

INSCRIPCIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL IMSS

 


El día de hoy, 28 de mayo de 2024, se publican en el DOF las reglas de carácter general para la incorporación voluntaria al régimen obligatorio de los trabajadores independientes.

¿Te interesa?

Entra al micrositio del IMSS en donde puedes iniciar el trámite:

https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes


viernes, 3 de mayo de 2024

NUEVO SUBSIDIO PARA EL EMPLEO 2024

 


NUEVO SUBSIDIO PARA EL EMPLEO 2024

Por Gabriel Cordero

 

El pasado 01 de mayo, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó un nuevo subsidio para el empleo (SPE2024).

Curiosamente, después de que la candidata Xóchitl Gálvez en el debate presidencial propusiera exención de impuestos para aquellas personas que percibieran hasta 15 mil pesos mensuales, la respuesta del gobierno de la autodenominada 4T fue revivir el subsidio para el empleo, el cual ya no beneficia absolutamente a ningún trabajador en general.

El subsidio para el empleo es hijo del crédito al salario, el cual estaba contenido en la Ley del ISR hasta 2007. Cuando el gobierno de Calderón publica por primera ocasión el subsidio para el empleo (01 de octubre de 2007), lo saca de la Ley y se establece como un Decreto. Recuerden amables lectores que los decretos los emite el Poder Ejecutivo y no tienen que pasar por un proceso legislativo como lo deben hacer las leyes. Y así como el Ejecutivo emite decretos, con la misma facilidad los puede derogar. Y esta es la razón por la que ya no está en Ley: para poderlo eliminar al primer capricho del portador de la banda presidencial (y miren que el actual se ha caracterizado por sus múltiples caprichos).

Sirva esta explicación para el titular del Poder Ejecutivo, quien estableció en el primer párrafo de la exposición de motivos lo siguiente: “Este subsidio actualmente está regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta…”. No señor. El Subsidio para el Empleo NO está en la Ley del ISR.

El 11 de diciembre de 2013, se publica un nuevo decreto de reformas fiscales y el gobierno de Peña Nieto le incrementa un renglón a la tabla del subsidio para el empleo.

Unos días después, el 26 de diciembre del mismo año, se publica en el DOF un Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establecen como OPCIONAL la utilización de una tabla distinta de subsidio para el empleo. Esta nueva tabla es igualita a la publicada por Calderón en 2007. Entonces teníamos dos tablas de subsidio para el empleo y podíamos utilizar cualquiera de las dos hasta el 30 de abril pasado.

El SAT, en su anexo 8, cada año publicaba la tabla del Decreto del 26 de diciembre de 2013.

Pero llega el 01 de mayo de 2024 y en plenos tiempos electorales, el SAT de la 4T en lugar de únicamente actualizar la tabla del subsidio para el empleo, decide inventar el agua tibia y crear un subsidio para el empleo diferente.

Mediante el artículo segundo transitorio, se deroga la tabla del 26 de diciembre. Sí, la que es igualita a la que publicó Calderón en 2007. Pero el Artículo Primero del Decreto del 01 de mayo de 2024, es decir, del nuevo SPE2024, establece que es opcional la utilización de este nuevo subsidio para el empleo y que se podrá seguir utilizando la tabla del 11 de diciembre de 2013, la cual ya es obsoleta casi para todos los trabajadores.

El SPE2024 aplica únicamente para personas físicas que tributan por sueldos y salarios. No aplica para los asimilados a salarios (Bueno… para los de la fracción I del 94 LISR, sí aplica). Tampoco aplica para primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos por separación.

El SPE2024, se aplica a los salarios que no excedan de $9,081.00 mensuales (lo cual representa 1.2 salarios mínimos).

Al valor mensual de la UMA, es decir a 3,300.53, se le multiplica por 11.82% y el resultado ($390.12) es el tope máximo por aplicar de SPE2024 al ISR calculado conforme al artículo 96 de la LISR.

Por ejemplo, un trabajador que percibe $8,000 pesos mensuales, hasta abril se le retenían $553.30 de ISR. A partir de mayo de 2024, a esos $553.30 se le van a restar $390.12 y el trabajador percibirá $7,836.82 en lugar de $7,446.70 que está percibiendo actualmente. Bueno… también juegan los descuentos de IMSS y otros conceptos dependiendo de la empresa. Pero eso ya es harina de otro costal.

Si el impuesto del trabajador es menor al SPE2024, la diferencia no podrá aplicarse contra el impuesto a cargo del trabajador de periodos posteriores ni se entregará cantidad alguna al trabajador. El objetivo del SPE2024 es únicamente reducir el ISR de los trabajadores hasta en $390.12 por mes.

La aplicación de este nuevo SPE2024 comenzó desde el pasado 01 de mayo de 2024, sin considerar que los desarrolladores de software tienen que adecuar los sistemas de nómina para efectuar este nuevo cálculo.

Obligaciones que trae el nuevo SPE2024:

-       Por parte de los trabajadores, avisar por escrito al empleador si es que laboran para dos o más patrones de manera simultanea y elegir entre ellos quién le aplicará el SPE2024.

Y aquí viene una pifia más del SAT de la autodenominada 4T: este escrito lo deben entregar los trabajadores antes de recibir el primer pago con la aplicación del nuevo SPE2024. Es decir, que si tienes trabajadores que laboren para ti y para otro patrón y no te ha entregado esta carta, háblale a Marty McFly y sube a tu trabajador a su auto para regresar al pasado y que te entregue su carta.

-       Por parte de los empleadores, conservar dichos escritos como parte de la contabilidad.

Y ya por último, comentar que el Artículo Quinto del SPE2024, establece que el SAT podrá emitir reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del SPE2024. Siempre socorridas las reglas de la RMF para aclarar lo que quiso decir el legislador o en este caso, la misma autoridad.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme. X-Twitter: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.