El pasado 06 de marzo de 2020, se publicó en el #DOFVespertino la reforma constitucional al primer párrafo del artículo 28 de la CPEUM en materia de condonación de impuestos, para quedar como sigue:
En el Artículo Segundo Transitorio le ordena al Congreso de la Unión y a las Legislaturas de los Estados que deberán armonizar el marco jurídico en la materia para adecuarlo al contenido del presente Decreto en un plazo que no excederá de un año.
¿Creen ustedes que se hará así? Yo, lo dudo mucho.
Gabriel Cordero
Contador Público
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