jueves, 27 de septiembre de 2018

¿CUÁNTOS MINUTOS SE CONSIDERAN UNA HORA EXTRA?


A la Independencia de México… si es que alguna vez existió

Me marcó mi compadre Justo, quien labora en una de tantas empresas de Don Chonchete Billete ya que tenía una duda. Como es mi compadre, accedí a la consulta telefónica en lugar de verlo en mi oficina y cobrar mis correspondientes honorarios.

Justo, quien cada quincena me marca para quejarse de la cantidad de ISR que le retienen, ahora lo hizo para preguntarme cómo se acumulan los minutos para el cálculo de las horas extra.

Le comenté que existen criterios de las cortes, en específico me referiré a dos:
 1.       La publicada el 14 de julio de 2017 a las 10:21 horas en el Semanario Judicial de la Federación
 2.       Y la publicada el 13 de julio de 2018 a las 10:20 horas en el mismo Semanario

Ambas se manifiestan en el mismo sentido:
Los minutos que se contabilizarán para calcular las HORAS extra, son 60 en el cómputo del periodo de una semana.

Si un trabajador laboró 20 minutos extra el lunes, 30 minutos extra el miércoles y 15 minutos extra el jueves; suman 65 minutos extra. Por ende y conforme a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se debe considerar ya UNA hora extra.
Por el contrario, si el trabajador laboró 15 minutos extra el martes, 20 el miércoles y 10 el viernes, suman 45. En este ejemplo, no se debe considerar HORA EXTRA, ya que en el cómputo semanal, no rebasa los 60 minutos.

Una vez terminada mi explicación, mi compadre Justo, solo alcanzó a decir “¡Qué poca madre, compadre! Luego te marco” Y me colgó.

Supongo que mi explicación le fue adversa.




INPC - base 2018

A continuación te presentamos la tabla del INPC base 2018.

Y también te compartimos el último INPC publicado.

Guarda las imágenes en tu cel o en tu compu para futuras consultas.






martes, 25 de septiembre de 2018

LA NUEVA IMAGEN DEL MUNICIPIO DE PUEBLA

Cada cambio de administración, ya sea municipal, estatal o federal, hay un cambio de imagen "corporativa". Es decir, un logotipo diferente que va a identificar a cada administración.

Ayer la Presidenta Electa de Puebla, dio a conocer al ganador del concurso para la nueva imagen del Municipio de Puebla para el siguiente trienio.
La mera verdad, no me gustó y ya hasta empezaron a llover críticas de plagio:

Ahora bien, aquí viene el punto central de mi crítica:

¿NO ACASO LOS DE MORENA QUIEREN PASAR A LA HISTORIA POR HABER SIDO AUSTEROS Y HABER MANEJADO EL PRESUPUESTO DE MANERA DIFERENTE?

Cambiar la imagen del logotipo del municipio es hacer completamente lo contrario.
¿Se han puesto a pensar en todo lo que tienen que gastar?
Hay que rotular absolutamente todos los coches, camiones, motos, patrullas del municipio.
Papel membretado. Tarjetas de presentación. Imágenes en las oficinas de gobierno. Y un largo, larguísimo etcétera.

Hace algunos años, escribí un artículo para el portal electrónico "PODER CIUDADANO" acerca de este tema y lo que yo proponía ahí y que lo sigo proponiendo, es que el gobernador promulgara una Ley de Imagen del Estado y los Municipios; en la cual, se emitiera como imagen (entiéndase logotipo), la imagen oficial de cada municipio y del Estado de Puebla.
Es decir, el Municipio de Puebla tiene un escudo de armas con el cual lo identificamos todos.


Pues entonces que este escudo sea la imagen oficial del gobierno de la Ciudad de Puebla POR LEY y de esta manera, se evitarían gastos innecesarios de cambio de imagen cada trienio y cada sexenio.

Si los de Morena, realmente quieren verse austeros y ahorrar dinero de MI Ciudad, empiecen por no gastar en idioteces como el cambio de imagen, como lo hacen los priistas y los panistas.

¿Quieren verse diferentes a los otros gobiernos?
Pues hagan cosas diferentes.


LA SOLUCION


ZEDILLO RECTIFICANDO



jueves, 20 de septiembre de 2018

DOF. COMERCIO EXTERIOR

Hoy en el DOF, se publica la segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y sus anexos 1, 1-A, 4, 6, 10, 21, 22, 27 y 29

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5538503&fecha=20/09/2018

miércoles, 19 de septiembre de 2018

martes, 18 de septiembre de 2018

CATALOGO DE FORMAS DE PAGO


CATÁLOGO DE FORMAS DE PAGO DEL SAT

01 – EFECTIVO

02 – CHEQUE NOMINATIVO. El cheque debe estar efectivamente cobrado.

03 – TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS.

04 – TARJETA DE CRÉDITO. El dinero debe estar efectivamente en nuestro banco.

05 – MONEDERO ELECTRÓNICO. Anexo 28 RMF / Reglas 3.3.1.6. al 3.3.1.13 combustibles /

06 – DINERO ELECTRÓNICO. Criptomonedas.

08 – VALES DE DESPENSA. Regla 3.3.1.15: aquel que independientemente del nombre que se le designe, se proporcione a través de monedero electrónico y permita a los trabajadores que lo reciban… / la característica principal es que se le otorga a los trabajadores.

12 – DACIÓN EN PAGO. Dar un bien para saldar una deuda.

13 – PAGO POR SUBROGACIÓN. Es cuando una persona sustituye a otra en una obligación.

14 – PAGO POR CONSIGNACIÓN. Es cuando el acreedor no quiere (o no puede) recibir el pago del deudor, para así perjudicar de alguna forma a éste. Sin embargo, el segundo deposita en un tercero la cantidad de dinero adeudada.

15 – CONDONACIÓN. También llamado quita. Es cuando el acreedor le perdona el pago al deudor.

17 – COMPENSACIÓN. Es cuando el deudor también es acreedor de su acreedor y deciden por mutuo acuerdo saldar el adeudo o parte de él.

23 – NOVACIÓN. Es cuando se modifica algún elemento fundamental de la relación (sujeto, objeto o condiciones esenciales), creando una nueva.

https://agnuscontadores.blogspot.com/2023/11/el-uso-correcto-de-la-novacion-como.html

24 – CONFUSIÓN - Es cuando en una misma persona se reúnen los conceptos de deudor y acreedor. La diferencia con la compensación es que aquí se trata de la misma persona.

25 – REMISIÓN DE DEUDA. Es cuando el acreedor reduce total o parcialmente el pago al deudor.

26 – PRESCRIPCIÓN O CADUCIDAD. Es la extinción del derecho del acreedor a cobrar al deudor por el paso del tiempo.

27 – A SATISFACCIÓN DEL ACREEDOR. Es un acuerdo entre las partes en donde el acreedor está de acuerdo en la forma en que el deudor le paga.

28 – TARJETA DE DÉBITO. El dinero debe estar efectivamente en nuestro banco.

29 – TARJETA DE SERVICIOS. Regla 2.7.1.33. - son aquellas emitidas por empresas comerciales no bancarias en términos de las disposiciones del Banco de México.

30 – APLICACIÓN DE ANTICIPOS. Es cuando el cliente nos dio previamente un anticipo y lo estamos aplicando. Hay que recordar que para el SAT, el concepto de “ANTICIPO” es cuando no se conoce o no se ha determinado ni el bien o el servicio que se va a adquirir, ni el precio del mismo.

31 – INTERMEDIARIO DE PAGOS. Es cuando recibo un pago a través de algún intermediario, por ejemplo Oxxo, Paypal, Mercado Pago, Amazon, Air bnb, Uber, etc.

99 – POR DEFINIR. Esta clave se utiliza cuando, al expedir el CFDI, no nos lo han pagado o bien cuando sabemos que no nos la van a pagar dentro del mes. Es decir, cuando se utilizó el método de pago PPD.

 


martes, 11 de septiembre de 2018

ARTÍCULO 69-B DEL CFF

A continuación les presentamos un comparativo del artículo 69-B del CFF vigente a partir del 25 de julio y el anterior:


En resumen, el artículo 69-B del CFF establece lo siguiente:


lunes, 10 de septiembre de 2018

INPC - Agosto 2018

El día de hoy, se publica el INPC, ahora ya con base en la segunda quincena de Julio 2018.

Con esto, el INPC de Agosto, es de 100.942

jueves, 6 de septiembre de 2018

NUEVO EDIFICIO DEL SAT 1 (PUEBLA NORTE)

El nuevo edificio del SAT Puebla 1 (antes Puebla Norte).
Yo tengo una teoría desde hace varios años: el cambio de oficinas del SAT, ocurría cada 6 años cuando comenzaba la nueva administración federal. Yo supongo que era por que el que llega, hace contrato de arrendamiento con sus cuates y todos contentos.
Así coincidió el cambio del SAT de la 2 sur al Bulevar Héroes del 5 de Mayo. Y ahí permaneció por 12 años. Sobrevivió al cambio de administración de Calderón al de Peña. Sin embargo, si tomamos en cuenta que Moreno Valle es un panista con corazón tricolor, eso nos podría ayudar mucho a entender que posiblemente hubo negociaciones entre los dueños del edificio del Bule 5 de Mayo (se rumora que es de parientes de MEA) con la administración federal.
Pero los priistas que no tienen llenadera, ahora se les adelantaron a los de Morena. Antes de que termine la administración federal priista, ya volvieron a mudar las oficinas del SAT a otras oficinas que también están rentando, ahora por la zona de Angelópolis.
Oficinas sobradas, con muchos espacios muertos.
Con pocas rutas de transporte público. Sin estacionamiento para los contribuyentes.
En fin. Las mismas formas de siempre de gastarse el dinero a lo wey.