miércoles, 31 de octubre de 2012

DOF para este miércoles 31 de octubre

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

ACUERDO que modifica el diverso por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5276061&fecha=31/10/2012


SECRETARIA DE ENERGIA

DECRETO por el que se modifica y amplía la vigencia del diverso por el que se sujeta el gas licuado de petróleo a precios máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado el 1 de enero de 2012.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5276066&fecha=31/10/2012


SECRETARIA DE ECONOMIA

ACUERDO por el que se fija el precio máximo para el gas licuado de petróleo al usuario final correspondiente al mes de noviembre de 2012.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5276069&fecha=31/10/2012


BANCO DE MEXICO

TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.
Con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de la Circular 3/2012, dirigida a las instituciones de crédito y a la Financiera Rural, el Banco de México informa que el tipo de cambio obtenido el día de hoy fue de $13.0498 M.N. (trece pesos con cuatrocientos noventa y ocho diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.

TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de México y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de la Circular 3/2012 dirigida a las instituciones de crédito y a la Financiera Rural, informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 4.8300 y 4.8700 por ciento, respectivamente.


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