jueves, 23 de abril de 2026

¿QUÉ ES EL “ZODIACO FISCAL”?

¿QUÉ ES EL “ZODIACO FISCAL”?

Por Gabriel Cordero

 

¿Cuándo vence la obligación de presentar tu declaración mensual? Y la respuesta a “botepronto” es el día 17. La Ley del ISR así lo establece dependiendo del régimen en el que tributes en el apartado de “OBLIGACIONES”.

Y surge una duda: ¿Por qué en la línea de captura viene una fecha distinta?

Primero que nada, porque cuando el día 17 cae en viernes, sábado, domingo o día festivo, la obligación se recorre para el día hábil siguiente conforme al quinto párrafo del artículo 12 del CFF.

Segundo, por el “zodiaco fiscal”.

¿El qué?

Los contadores de repente nos volamos la barda al nombrar las cosas fiscales. No sé quién le haya denominado de esa forma, pero yo así lo conozco y así lo sigo llamando.

Se trata del Artículo 5.1. del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, el cual se publicó en el DOF el 26 de diciembre de 2013, el cual establece que los contribuyentes que deban presentar declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, por impuestos propios o por retenciones, podrán presentar dichas declaraciones considerando el sexto dígito numérico de su RFC.

El RFC está integrado por las primeras dos letras de tu apellido paterno, la primera letra de tu apellido materno y la primera letra de tu primer nombre, seguido de tu fecha de nacimiento, empezando por el año, mes y día expresados en dos dígitos y una homoclave de tres dígitos alfanuméricos.

Para las personas morales, el RFC se forma con las tres primeras letras de la denominación o razón social, seguido con la fecha de su constitución ante fedatario público, empezando por el año, mes y día expresados en dos dígitos y una homoclave de tres dígitos alfanuméricos.

De esta forma, tendríamos un RFC de una persona física de la siguiente manera: COCG711123XXX; y de una persona moral así: CRC990625XXX.

El sexto dígito numérico al que se refiere el “zodiaco fiscal” es, en nuestro ejemplo de la persona física, el número 3 y para el ejemplo de la persona moral, el número 5.

El artículo 5.1. del Decreto mencionado, establece una tabla con los días adicionales de la siguiente manera: si el sexto dígito numérico es 1 o 2, tienes un día hábil adicional al día 17 para realizar tu pago de impuestos federales. Para el sexto dígito numérico 3 o 4, son dos días. Para los dígitos 5 y 6, tres días. Para 7 y 8, cuatro días. Y finalmente para los dígitos 9 y 0, cinco días hábiles adicionales.

Pero este beneficio no es para todos. Los contribuyentes que no pueden aplicar esta facilidad administrativa son aquellos que estén obligados a dictaminar sus estados financieros y los que opten por hacerlo; las Federación y las entidades federativas, los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria de la Federación; los partidos y asociaciones políticas, y las empresas integradas e integradoras.

 

Así que ahora ya sabes porqué tu línea de captura tiene una fecha distinta al día 17.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme por X: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES. Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la AMCP Puebla por el bienio 2025-2026.

 

Esta columna se publicó en EL HERALDO DE PUEBLA el día 23 de abril de 2026 en su versión digital:

https://heraldodepuebla.com/2026/04/22/que-es-el-zodiaco-fiscal/


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