sábado, 21 de marzo de 2026

¿HABEMUS REFORMA LABORAL DE 40 HORAS?

 


¿HABEMUS REFORMA LABORAL DE 40 HORAS?

Por Gabriel Cordero

 

El pasado 03 de marzo del presente año, en la versión vespertina del DOF se publicó al fin la reforma a la jornada laboral semanal. Se trata de una reforma Constitucional a dos fracciones del Apartado A del Artículo 123: la IV y la XI.

La fracción IV establecía que por cada seis días de trabajo, el trabajador disfrutará de un día de descanso como mínimo. Ahora, dicha fracción, establece una jornada laboral semanal máxima de cuarenta horas. Además, esta fracción continúa con la regulación de un día de descanso semanal y se le agregó “CON GOCE DE SALARIO ÍNTEGRO”.

Se había manejado que la reforma a esta fracción incluiría dos días de descanso semanal como mínimo, pero eso no sucedió. Se mantiene sólo un día de descanso semanal, por lo menos.

Pero aquí viene la letra chiquita de la reforma: el Tercero Transitorio establece que la jornada de 40 horas semanales se alcanzará de manera gradual. Este año 2026, queda igual con jornada laboral semanal de 48 horas. El año que entra, dicha jornada se disminuirá a 46 horas semanales. En 2028, 44. En 2029, 42; y finalmente en 2030 se alcanzará la jornada de 40 horas semanales.

La otra fracción, la XI, regula el tiempo extraordinario máximo que se puede laborar. Antes se establecía que el tiempo extra no podía exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas. Ahora se ha ampliado dicho umbral a doce horas en una semana las cuales podrán distribuirse hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

Adicionalmente esta fracción XI aumenta la edad de las personas trabajadoras que pueden laborar tiempo extra: antes se establecía que los menores de 16 años no podían laborar tiempo extra, ahora se establece que los menores de 18 años no pueden trabajar tiempo extraordinario.

El Segundo Transitorio establece que el Congreso de la Unión deberá modificar la Ley Federal del Trabajo (LFT) en un plazo de 90 días a partir de la publicación del Decreto, es decir, a más tardar el 31 de mayo de este año ya deberá estar modificada la LFT en materia de jornada laboral de 40 horas semanales y de tiempo extraordinario.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme por X: @gabe_cordero

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*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES. Vicepresidente de Asuntos Fiscales de la AMCP Puebla por el bienio 2025-2026.

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