MULTA POR SOLICITAR LA CSF
Por Gabriel
Cordero
La semana pasada
enviaron en un grupo de “juats” un video muy bien hecho en donde comentaba una
gran mentira: el SAT va a multar a partir del 01 de enero de 2026 a quien SOLICITE la Constancia de
Situación Fiscal (CSF) a sus clientes para expedirle una factura electrónica
(CFDI).
Solicitar la CSF
se ha vuelto una práctica común entre los contribuyentes. Algunas personas no
se sienten cómodas con enviar toda la CSF y para ellos existe la Constancia de
Datos Fiscales, la cual es una CSF abreviada, la cual la puedes descargar de la
página del SAT.
Sin embargo,
desde que la Tía Raquel era jefa del SAT, se “satanizó” el solicitar la CSF al
cliente. En youtube puedes encontrar el video donde ella asegura que el SAT no
está pidiendo la CSF, pero no me dejarás mentir que tener la CSF de tu cliente
facilita muchísimo la expedición del CFDI, dado que en innumerables ocasiones
nos entregan información incorrecta y hay que estar llamando al cliente para
solicitar sus datos correctos.
Para 2026, se
modificó la fracción IX del artículo 83 del Código Fiscal de la Federación para
establecer como una infracción a las disposiciones fiscales el CONDICIONAR la expedición de un
CFDI a la exhibición de la CSF o a la Cédula de Identificación Fiscal. Por lo
tanto, esta modificación nos lleva a las siguientes reflexiones:
UNO. Es muy
diferente CONDICIONAR la
expedición del CFDI a SOLICITAR
la CSF para expedir la factura electrónica. Por lo tanto, puedo seguir pidiendo
la CSF a mis clientes, sin ningún problema.
DOS. La
modificación a la fracción IX establece como infracción condicionar la
expedición del CFDI a la EXHIBICIÓN,
pero no a SOLICITARLO. Por lo
tanto, si condiciono la expedición del CFDI porque le SOLICITÉ a mi cliente su CSF, no se considera una
infracción.
TRES. La
modificación a la fracción IX establece como infracción condicionar la
expedición del CFDI a la exhibición de la CSF o de Cédula de Identificación
Fiscal. Pero no así de la Cédula de Datos Fiscales.
CUATRO. ¿Cómo se
va a enterar el SAT que estoy condicionando la expedición del CFDI a mi
cliente? Únicamente si el cliente se queja a través de la página del SAT. Si
este fuera el caso, la mejor defensa es demostrarle a la autoridad que ya se
expidió el CFDI del quejoso y asunto arreglado.
Ya sé. Me estoy
volando la barda con mis reflexiones, sin embargo, los abogados fiscalistas
toman justamente estos argumentos para echar abajo las multas que impone la
autoridad. Así que a ponerse muy abusado cómo solicitas los datos de tu cliente
para la expedición de su factura electrónica.
¿Tienes dudas?
Escríbeme por X: @gabe_cordero
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Estrategias
Fiscales e Impositivas. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas
fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y
DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

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