SUBSIDIO PARA EL EMPLEO 2025
Por Gabriel
Cordero
El pasado 31 de
diciembre se publicó en el DOF la actualización a las reglas del SUBSIDIO PARA
EL EMPLEO 2025.
SI. Leíste bien:
se publicó el 31 de diciembre y para colmo, en la versión vespertina. Digo,
¿Quién en su sano juicio está al tanto del DOF un 31 de diciembre en la
tarde-noche? Todo mundo estamos pensando en la cena de año nuevo y en el
brindis. Pero bueno, a aquellos colegas que sí estuvieron al tanto del DOF ese
día y que nos informaron a los que estábamos en la pachanga: GRACIAS.
Demos un poco de
contexto: a inicios de 2024, el beneficio del subsidio para el empleo (cuya
tabla existe desde 2007 y nunca se ha modificado) era prácticamente
inexistente. Únicamente se beneficiaban aquellos trabajadores que laboraban
jornada o semana reducida. Y por lo tanto, en mayo del año pasado, como una
medida meramente electorera, se publica un nuevo SUBSIDIO PARA EL EMPLEO 2024
(SPE2024), el cual beneficiaba a aquellos trabajadores que su salario no
excediera de $9,081 mensuales. El beneficio consiste en REDUCIR el pago del ISR
de esos trabajadores. No en eliminarlo.
El SPE2024 se
calcula multiplicando el valor mensual de la UMA ($3,300.53) por un factor
establecido en el Decreto que es de 11.82%. El resultado, $390.12 es la
cantidad máxima que se reduce del ISR que genera el trabajador.
¿Por qué el
factor de 11.82%? Es un factor de nivelación para que el efecto del ISR en el
salario neto del trabajador no se viera afectado y siguiera percibiendo un
incremento del 20% real en 2024. Es decir, un trabajador que ganaba uno o dos
pesos arriba del salario mínimo, su incremento real de enero a abril de 2024,
no fue del 20%, sino del 14%. Con el subsidio para el empleo, el incremento
real, subió al 20% que fue lo que incrementó el salario mínimo el año pasado.
Ahora, para
2025, con el incremento al salario mínimo, el beneficio del subsidio para el
empleo sería menor, si dejamos el SPE2024 como estaba. Y de ahí nace la
necesidad de actualizar las reglas. Pero nos enfrentamos a otro tema: la UMA.
La UMA tiene vigencia del 01 de febrero al 31 de enero del año siguiente, ya
que está sujeta a la inflación anual reportada por el INEGI en enero de cada
año.
Entonces tenemos
distintas variables en el tema del subsidio para el empleo: el salario mínimo,
el salario tope al cual se le va a aplicar el subsidio, la UMA y el porcentaje
a aplicar sobre la UMA para determinar el subsidio para el empleo.
Y justo por
estas variables, el Subsidio para el Empleo 2025 (SPE2025) se estableció que se
aplicará a los ingresos mensuales de los trabajadores que no excedan de $10,171.00
y en el mes de enero se aplicará el factor de 14.39% y de febrero a diciembre
de 2025, el 13.8% sobre la UMA mensual.
¿Tienes dudas?
Escríbeme por X: @gabe_cordero
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Estrategias
Fiscales e Impositivas. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas
fiscales, laborales y de seguridad social. Vicepresidente de Asuntos Fiscales
de la AMCP Puebla. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
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