Me encontré este hilo en X-Tuiter.
Me parece un tema por demás interesante.
El Reglamento de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) se publicó en el DOF el 24 de enero de 2025.
Si quieren leer el tuit original, aquí les dejo la liga:
https://x.com/CloudBalta/status/1883022180256194810
Wow, recién acabo de leer el reglamento interno de la
“AGENCIA DE TRANSFORMACION DIGITAL Y TELECOMUNICACIONES” recién publicado en el
Diario Oficial y dejamos que si no es intento de imponer un estado policiaco en
México, es un gran desperdicio de casting. Veamos
Analicé el Reglamento de la Agencia de Transformación
Digital y Telecomunicaciones de México y detecte potenciales riesgos para la
privacidad y los derechos ciudadanos. Aquí los puntos más preocupantes #EstadoPoliciaco
#DerechosDigitales
Centralización de datos personales El reglamento permite que
la Agencia acceda a todas las bases de datos del gobierno (Art. 5, XI). Esto
podría facilitar un sistema de vigilancia masiva sin controles claros. ¿Quién
supervisa el uso de estos datos?
Mecanismo único de autenticación digital Se planea
implementar un sistema basado en la CURP (Art. 13, IX-X). Si no se regula, esto
centraliza información personal sensible en una sola base, lo que aumenta el
riesgo de abusos o hackeos.
Análisis masivo de datos La Agencia podrá realizar análisis
en tiempo real de grandes volúmenes de datos y coordinar la apertura de bases
de datos (Art. 11, IX-XVII). ¿Qué garantías existen contra el uso indebido de
esta información?
Control sobre telecomunicaciones La Agencia tiene facultades
para requisar redes de telecomunicaciones si lo considera necesario (Art. 18,
XXVII). Esto podría ser usado para bloquear comunicaciones durante protestas o
momentos críticos.
Supervisión sobre servicios digitales La Agencia controlará
la implementación de tecnologías de autenticación en trámites públicos (Art.
14, XIV). Esto centraliza el acceso a servicios y facilita restricciones
arbitrarias. #IdentidadDigital
Falta de controles externos El reglamento permite a la
Agencia interpretar sus propias facultades (Art. 5, XXII). Sin supervisión
independiente, esto deja margen para abusos de poder.
Poder excesivo en una sola entidad La titularidad de la
Agencia tiene amplias facultades, incluso para acceder a datos de seguridad
pública (Art. 11, VII). ¿Quién puede cuestionar sus decisiones?
¿Qué se necesita?
•Supervisión independiente y transparente.
•Límites claros al acceso y uso de datos.
•Provisión de garantías explícitas a la privacidad y otros
derechos.
¿Por qué importa esto? Sin controles adecuados, este
reglamento podría ser el primer paso hacia un estado de vigilancia digital. Es
hora de exigir transparencia y regulación efectiva. #NoAlEstadoPoliciaco
#PrivacidadDigital
¿Qué opinan de estos puntos? ¿Cómo podemos proteger nuestros
derechos? Los leo
Por cierto, recuerdo de mis épocas en el servicio público
que había una tonelada de candados que no permitían a las dependencias de la
APF compartir datos entre sí. ¿Qué pasó?
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