viernes, 8 de noviembre de 2024

 


¿TE EXPULSARON DEL RESICO?

Por Gabriel Cordero

 

El pasado 11 de octubre, se publicó en el DOF la segunda modificación a la RMF2024, en la cual en su artículo Tercero Transitorio, nos trae una novedad: los Resico PF expulsados del paraíso el año pasado, pueden regresar a ser Resico nuevamente.

Hay tres modalidades.

UNO. ¿Quieres regresar desde la fecha en que te expulsaron? Tienes que enviar un caso de aclaración a través de MI PORTAL con la etiqueta REGLA 2.5.8. antes del 31 de diciembre de este año. ¿Qué sucederá con el ISR que pagaste como Actividad Empresarial, Profesional o Arrendamiento? Lo puedes disminuir en la anual 2022 y 2023, en los pagos mensuales de 2024 y en los subsecuentes, hasta agotarlo. Todo esto, lo podrás hacer a partir del pago de diciembre de 2024.

DOS. ¿Optas por regresar a partir del 01 de enero de 2025? Presenta un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones conforme la ficha de trámite 71/CFF durante el mes de enero de 2025.

TRES. ¿Presentaste juicio de nulidad, recurso de revocación o juicio de amparo indirecto y no te han dictado resolución o sentencia firme? El SAT realizará la actualización desde la fecha en que se te expulsó. No hay que presentar un caso de aclaración en MI PORTAL.

Estas son buenísimas noticias para un nutrido grupo de contribuyentes que con esta facilidad administrativa, podrán regresar a pagar poquito ISR en este paraíso fiscal de 3.5 millones de pesos anuales.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme por X: @gabe_cordero

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Estrategias Fiscales e Impositivas. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario