¿DEBO HABILITAR MI BUZÓN TRIBUTARIO?
Por Gabriel
Cordero
BUZÓN TRIBUTARIO ¿DEBO DARLO DE ALTA?
Conoce qué es y si estás obligado a darlo de alta.
El Buzón
Tributario (BT) es la gran idea de la autoridad fiscal para tener una
comunicación directa y sin intermediarios con el contribuyente.
Se trata de un
medio de comunicación ubicado dentro del portal del SAT mediante el cual la
autoridad fiscal nos puede enviar desde un “mensaje de interés” hasta una
auditoría electrónica.
Mediante el
Buzón Tributario, el SAT se ha ahorrado millones de pesos en salarios de
notificadores. En lugar de enviar a una persona a notificar un oficio, lo hace
con un solo clic y en segundos le hace llegar a millones de contribuyentes un
correo con diferencias, un requerimiento o simplemente un recordatorio.
¿Todos estamos
obligados a dar de alta nuestro BT? De acuerdo al artículo 17-K del Código
Fiscal de la Federación, sí. Pero la RMF2024 en la Regla 2.2.23., nos establece
que cierto tipo de contribuyentes no lo hará:
- Las PF que
estén dadas de alta ante el RFC sin obligaciones fiscales.
- Las PF sin
actividad económica.
- Y las PF
asalariadas que percibieron menos de $400,000 en el ejercicio inmediato
anterior.
- Así también
las PM y PF que estén en suspensión de actividades.
- Las PM y PF
que tengan el RFC cancelado.
Si no das de
alta tu Buzón Tributario, se te podrá imponer una multa que va de los 3 a los 8
mil pesos. Sin embargo, el Artículo Cuarto Transitorio de la RMF2024 establece
que dicha multa la impondrán a partir del 01 de enero de 2025. Pero no te
confíes. Es mejor tener dado de alta el Buzón que recibir la desagradable
visita de un notificador del SAT.
¿Tienes dudas?
Escríbeme.
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el
libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor
de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
Twitter:
@gabe_cordero
Esta columna se publicó en EL HERALDO DE PUEBLA el día 25 de enero de 2024 en la página 07
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