¿POR QUÉ TENGO QUE SOLICITAR LA CONSTANCIA
DE SITUACIÓN FISCAL A MIS TRABAJADORES?
Por Gabriel
Cordero
Hay que recordar
que desde finales del año pasado, la autoridad fiscal anunció que la facturación
electrónica pasaría de la versión 3.3 a la 4.0.
¿Por qué 4.0 y
no 3.4? Supongo que es mera mercadotecnia política para taladrar en la mente
del contribuyente eso del número cuatro, dado que estamos viviendo una supuesta
cuarta transformación.
El SAT se ha
percatado de la importancia de la facturación electrónica, mejor conocida como
CFDI, y la gran utilidad para fiscalizar a todos los contribuyentes desde su
oficina, sin necesidad de enviar a un auditor a revisar la contabilidad de la
empresa.
Y de esta forma,
aprovechándose de los errores que han cometido los contribuyentes al elaborar
sus CFDIs de ingresos, la autoridad ha desarrollado desde el sexenio de Peña
Nieto un programa que se denomina “VIGILANCIA PROFUNDA”, el cual, con cruces y
filtrado de información que el mismo contribuyente le proporciona a la
autoridad, ha recaudado millones de pesos a un costo bajísimo para la
autoridad.
Pues bien,
siguiendo con este moderno instrumento de tortura fiscal llamado CFDI, les voy
a platicar de las “validaciones”, las cuales son nada más y nada menos que
llenar los campos respectivos del CFDI como la autoridad quiere que los
llenemos. Si no están escritos como dice la Ley Suprema denominada “Guía de
llenado”, simple y sencillamente, no vas a poder timbrar tu factura.
Y una de esas
“validaciones”, los genios de la autodenominada 4T, establecieron que debemos
escribir el nombre del receptor de la factura electrónica tal cual viene
en la Constancia de Situación Fiscal (CSF). Para personas físicas,
primero deberemos escribir el nombre (o nombres), primer apellido y segundo
apellido. Para personas morales, únicamente el nombre de la empresa, sin poner
el régimen societario de la misma, es decir, si la empresa es SA de CV,
deberemos omitir esas letras. ¿Me dirás que es exagerado y/o absurdo? Estoy de
acuerdo.
Otra validación
es el código postal del receptor de la factura, el cual deberemos escribir tal
cual se encuentra en la CSF. Y ante esta situación, muchos contribuyentes se
preguntan: si el trabajador antes vivía en Veracruz y ahora en Puebla ¿Debo
escribir su código postal del domicilio actual o del domicilio que tiene en su
CSF? La respuesta es sencilla: dada la validación que hará la factura 4.0,
comparando el código postal que escribamos en su recibo de nómina contra el
código postal que el SAT tenga en su sistema, pues el código que deberemos
poner será el de la CSF.
¿Simplificación
administrativa? Esas palabras no las conoce la 4T.
¿Tienes dudas?
Escríbeme.
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el
libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor
de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
Twitter:
@gabe_cordero
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