lunes, 30 de mayo de 2022
CÓMO SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL (CSF)
ERRORES DEL CFDI 4.0
2. Para expedir un CFDI de público en general, es prácticamente imposible hacerlo.
viernes, 20 de mayo de 2022
¿POR QUÉ TENGO QUE SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL A MIS TRABAJADORES?
¿POR QUÉ TENGO QUE SOLICITAR LA CONSTANCIA
DE SITUACIÓN FISCAL A MIS TRABAJADORES?
Por Gabriel
Cordero
Hay que recordar
que desde finales del año pasado, la autoridad fiscal anunció que la facturación
electrónica pasaría de la versión 3.3 a la 4.0.
¿Por qué 4.0 y
no 3.4? Supongo que es mera mercadotecnia política para taladrar en la mente
del contribuyente eso del número cuatro, dado que estamos viviendo una supuesta
cuarta transformación.
El SAT se ha
percatado de la importancia de la facturación electrónica, mejor conocida como
CFDI, y la gran utilidad para fiscalizar a todos los contribuyentes desde su
oficina, sin necesidad de enviar a un auditor a revisar la contabilidad de la
empresa.
Y de esta forma,
aprovechándose de los errores que han cometido los contribuyentes al elaborar
sus CFDIs de ingresos, la autoridad ha desarrollado desde el sexenio de Peña
Nieto un programa que se denomina “VIGILANCIA PROFUNDA”, el cual, con cruces y
filtrado de información que el mismo contribuyente le proporciona a la
autoridad, ha recaudado millones de pesos a un costo bajísimo para la
autoridad.
Pues bien,
siguiendo con este moderno instrumento de tortura fiscal llamado CFDI, les voy
a platicar de las “validaciones”, las cuales son nada más y nada menos que
llenar los campos respectivos del CFDI como la autoridad quiere que los
llenemos. Si no están escritos como dice la Ley Suprema denominada “Guía de
llenado”, simple y sencillamente, no vas a poder timbrar tu factura.
Y una de esas
“validaciones”, los genios de la autodenominada 4T, establecieron que debemos
escribir el nombre del receptor de la factura electrónica tal cual viene
en la Constancia de Situación Fiscal (CSF). Para personas físicas,
primero deberemos escribir el nombre (o nombres), primer apellido y segundo
apellido. Para personas morales, únicamente el nombre de la empresa, sin poner
el régimen societario de la misma, es decir, si la empresa es SA de CV,
deberemos omitir esas letras. ¿Me dirás que es exagerado y/o absurdo? Estoy de
acuerdo.
Otra validación
es el código postal del receptor de la factura, el cual deberemos escribir tal
cual se encuentra en la CSF. Y ante esta situación, muchos contribuyentes se
preguntan: si el trabajador antes vivía en Veracruz y ahora en Puebla ¿Debo
escribir su código postal del domicilio actual o del domicilio que tiene en su
CSF? La respuesta es sencilla: dada la validación que hará la factura 4.0,
comparando el código postal que escribamos en su recibo de nómina contra el
código postal que el SAT tenga en su sistema, pues el código que deberemos
poner será el de la CSF.
¿Simplificación
administrativa? Esas palabras no las conoce la 4T.
¿Tienes dudas?
Escríbeme.
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el
libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor
de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
Twitter:
@gabe_cordero
lunes, 16 de mayo de 2022
CONTA, ME ROBARON UNA CAMIONETA...
CONTA, ME ROBARON UNA CAMIONETA…
Por Gabriel
Cordero
Suena el
teléfono de mi oficina y me comunican a Don Chonchete Billete. Con la sequedad
que lo caracteriza, sin mediar saludo, dispara:
-
Contador. Hace dos semanas nos robaron dos
camionetas. Obviamente estaban aseguradas. Ya cumplimos con todos los
requisitos que nos pidió la aseguradora y hoy nos depositaron ese dinero. Mi
duda es que si ese depósito me lo vas a tomar como un ingreso. ¿No se puede
hacer de esas magias que luego haces?
-
Buenas tardes, Don Chonchete. ¿Ya estaban
pagadas las dos camionetas?
-
Una ya. La otra apenas la adquirimos hace seis
meses y se está pagando.
-
El artículo 37 de la Ley del ISR nos establece
que si la cantidad recuperada se reinvierte en un bien de naturaleza análoga a
los que perdió o bien se pagan pasivos por la adquisición de dichos bienes,
entonces la cantidad que le pagó el seguro, no se considerará un ingreso
acumulable.
Por
lo tanto, de la camioneta que ya estaba pagada, si compra una nueva, el
depósito que le hicieron hoy, no será acumulable. Y de la camioneta que todavía
debe, si paga ese dinero que hoy le depositaron para saldar dicho pasivo, no
será un ingreso acumulable.
-
¡Contador Gabriel! ¡Por eso eres mi contador!
-
No se emocione, Don Chonchete. De la camioneta
que compre, los porcentajes que podrá deducir serán los que faltaban por
deducir de la camioneta robada.
-
Ya sabía que me ibas a salir con una mala
noticia, conta…
-
Pero ahí le va una buena: de las camionetas
robadas, se podrá deducir en este año lo que faltaba por deducir.
-
¿Y si quiero comprar una camioneta que cueste un
poco más?
-
Entonces lo que invierta de más, eso sí se
considerará como una inversión nueva y se comenzará a deducir como una
inversión diferente.
-
Ok. Oye, conta, la compra de las nuevas unidades
la tengo que hacer dentro de este mes, supongo.
-
Supone mal, Don Chonchete. Tiene doce meses para
hacerlo. Y quiero ser claro aquí: son doce meses contados a partir hoy, que fue
cuando usted está recibiendo el dinero del seguro. Si no le da tiempo dentro de
esos doce meses, tendremos que solicitar a la autoridad fiscal un plazo
adicional de otro año. Pero no invente, Don Chonchete… si en un año no ha
invertido otra vez ese dinero en comprar otras dos camionetas, creo que usted
va a perder más dinero por no tener esas unidades de reparto.
-
No te preocupes, conta. Me conoces bien y sabes
que mañana mismo comienzo a cotizar para volver a comprar otras dos camionetas.
Adiós.
Y sin más formalidades, me colgó. Típico de Don Chonchete.
Coloqué mi
teléfono inalámbrico en su base, le di un sorbo a mi café y seguí escribiendo
un artículo para mi blog…
¿Tienes dudas? Escríbeme.
Quien le
entiende a su contador, paga menos impuestos.
¿Ya leyeron el
libro IMPUESTOS Y DRAGONES?
*Gabriel Cordero
es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor
de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de
seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de
impuestos para NO CONTADORES.
Twitter:
@gabe_cordero
Esta columna fue publicada en EL HERALDO DE PUEBLA el día 13 de mayo de 2022 en la página 6.