lunes, 30 de mayo de 2022

CÓMO SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL (CSF)

 


Como ya lo expliqué en el artículo que publicó El Heraldo de Puebla el pasado 20 de mayo de 2022,
( https://agnuscontadores.blogspot.com/2022/05/por-que-tengo-que-solicitar-la.html ) el SAT ha implementado para este año 2022, la versión 4.0 del CFDI (de la factura electrónica, pues) y ante este cambio, los empleadores deberán timbrar los recibos de nómina de sus trabajadores con dos nuevos lineamientos:

1. El nombre del trabajador tal cual está registrado en la base de datos del SAT.
2. El código postal del empleado, tal y como aparece en la CSF.

Es por esto que los empleadores necesitan la CSF de cada uno de sus trabajadores, ya que de anotar el nombre o el código postal de manera distinta a como lo tenga el SAT en su base de datos, simple y sencillamente el comprobante de nómina no se timbrará. 

¿Es realmente necesario este cambio en el CFDI de nómina? No. Es un absurdo de esta adminstración (#Tde4).
Con el RFC del trabajador, el SAT puede identificar plenamente al empleado y obtener de manera automática los datos que esta solicitando.

Vamos ahora a explicar cómo pueden obtener los empleados la CSF:

OPCIÓN 1. Irse a formar al SAT.
El trabajador deberá llevar una identificación oficial y conocer su RFC.
El RFC aparece en su recibo de nómina.

OPCIÓN 2. Por internet, siempre y cuando el trabajador cuente con su "CONTRASEÑA" (antes, el SAT le llamaba clave CIEC).
Si el trabajador cuenta con su clave CIEC, el procedimiento para poderla descargar de la página del SAT te lo explico detalladamente en el Capítulo 6 de mi libro IMPUESTOS Y DRAGONES.
En la página del SAT, entrar a: Otros trámites y servicios > Genera tu Constancia de Situación Fiscal.

OPCIÓN 3. Tramitar su clave CIEC desde la aplicación SAT ID.
Lo primero que deberá hacer el trabajador, es ver el tutorial de cómo funciona el SAT ID para generar la "CONTRASEÑA":
Una vez que ha visto y comprendido el video, entonces deberá entrar al SAT ID.
Se puede realizar el trámite en línea desde esta liga:
O bien, se puede descargar la aplicación SAT ID desde la Play Store o App Store desde cualquier celular.
Una vez que el trabajador cuente con su CONTRASEÑA (o clave CIEC, como gusten llamarle), él mismo podrá descargar su CSF desde la página del SAT, como lo expliqué en la OPCIÓN 2.
Esta es la opción que más te recomiendo, ya que una vez que tengas tu "CLAVE CIEC", podrás descargar tu CSF las veces que quieras desde la página del SAT.


OPCIÓN 4. Tramitar su CSF desde la aplicación SAT ID.
Lo primero que deberá hacer el trabajador, es ver el tutorial de cómo funciona el SAT ID para generar la CSF:
Una vez que ha visto y comprendido el video, entonces deberá entrar al SAT ID.
Se puede realizar el trámite en línea desde esta liga:
O bien, se puede descargar la aplicación SAT ID desde la Play Store o App Store desde cualquier celular.

OPCIÓN 5. Descargar la aplicación SAT MOVIL desde cualquier celular o tableta.
Para utilizar esta opción, el trabajador deberá contar con su RFC y CONTRASEÑA.

OPCIÓN 6. Para empleadores de más de 400 trabajadores, el representante legal podrá solicitar apoyo masivo en el correo electrónico cifmasivo@sat.gob.mx. El apoyo consiste en establecer un horario específico para entregar las constancias a cada uno de los trabajadores en la oficina del SAT de manera personal y contra identificación oficial. Cuando se trate de más de 1,000 constancias, el SAT las entregará en las oficinas de la empresa o establecimiento.

OPCIÓN 7. Marcar al 556-272-2728. El periódico Excelsior publicó una nota en la cual establece también como una opción marcar a este número. El diario asegura que hay que esperar unos minutos para que te contesten. Sin embargo, diversos colegas han intentado utilizar este servicio y aseguran que nunca te contestan.

OPCIÓN 8. Comprarla. Tengan mucho cuidado con pagar por conseguir la CSF. Se están presentando casos en que gente sin escrúpulos ofrece conseguirte tu Constancia y lo único que hacen es mdificar un PDF. Si intentas leer el código QR, no se puede. Es una gran estafa. No lo hagas, por favor. 


CONCLUSIÓN:
En un absurdo más del SAT de la autodenominada 4T, movilizan a trabajadores y empleadores, generando pérdida de tiempo innecesario para solicitar una CSF que no era necesaria, pero que a partir de la entrada en vigor de la facturación 4.0 sí lo será.

Si quieres ver el video donde explico exactamente lo mismo que acabas de leer, aquí te dejo la liga:



ERRORES DEL CFDI 4.0

 

¿Conoces algún error en la expedición del CFDI 4.0?
Me gustaría mucho que me lo compartieras en los comentarios.

1. Cuando se expide un CFDI desde una sucursasl, no reconoce el Código Postal de la sucursal donde se está expidiendo el comprobante.


2. Para expedir un CFDI de público en general, es prácticamente imposible hacerlo.

viernes, 20 de mayo de 2022

¿POR QUÉ TENGO QUE SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL A MIS TRABAJADORES?

 

¿POR QUÉ TENGO QUE SOLICITAR LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL A MIS TRABAJADORES?

Por Gabriel Cordero

 

Hay que recordar que desde finales del año pasado, la autoridad fiscal anunció que la facturación electrónica pasaría de la versión 3.3 a la 4.0.

¿Por qué 4.0 y no 3.4? Supongo que es mera mercadotecnia política para taladrar en la mente del contribuyente eso del número cuatro, dado que estamos viviendo una supuesta cuarta transformación.

El SAT se ha percatado de la importancia de la facturación electrónica, mejor conocida como CFDI, y la gran utilidad para fiscalizar a todos los contribuyentes desde su oficina, sin necesidad de enviar a un auditor a revisar la contabilidad de la empresa.

Y de esta forma, aprovechándose de los errores que han cometido los contribuyentes al elaborar sus CFDIs de ingresos, la autoridad ha desarrollado desde el sexenio de Peña Nieto un programa que se denomina “VIGILANCIA PROFUNDA”, el cual, con cruces y filtrado de información que el mismo contribuyente le proporciona a la autoridad, ha recaudado millones de pesos a un costo bajísimo para la autoridad.

Pues bien, siguiendo con este moderno instrumento de tortura fiscal llamado CFDI, les voy a platicar de las “validaciones”, las cuales son nada más y nada menos que llenar los campos respectivos del CFDI como la autoridad quiere que los llenemos. Si no están escritos como dice la Ley Suprema denominada “Guía de llenado”, simple y sencillamente, no vas a poder timbrar tu factura.

Y una de esas “validaciones”, los genios de la autodenominada 4T, establecieron que debemos escribir el nombre del receptor de la factura electrónica tal cual viene en la Constancia de Situación Fiscal (CSF). Para personas físicas, primero deberemos escribir el nombre (o nombres), primer apellido y segundo apellido. Para personas morales, únicamente el nombre de la empresa, sin poner el régimen societario de la misma, es decir, si la empresa es SA de CV, deberemos omitir esas letras. ¿Me dirás que es exagerado y/o absurdo? Estoy de acuerdo.

Otra validación es el código postal del receptor de la factura, el cual deberemos escribir tal cual se encuentra en la CSF. Y ante esta situación, muchos contribuyentes se preguntan: si el trabajador antes vivía en Veracruz y ahora en Puebla ¿Debo escribir su código postal del domicilio actual o del domicilio que tiene en su CSF? La respuesta es sencilla: dada la validación que hará la factura 4.0, comparando el código postal que escribamos en su recibo de nómina contra el código postal que el SAT tenga en su sistema, pues el código que deberemos poner será el de la CSF.

¿Simplificación administrativa? Esas palabras no las conoce la 4T.

 

¿Tienes dudas? Escríbeme.

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

Twitter: @gabe_cordero

Esta columna se publicó el día 20 de mayo de 2022 en EL HERALDO DE PUEBLA en la página 06.

lunes, 16 de mayo de 2022

CONTA, ME ROBARON UNA CAMIONETA...

 

CONTA, ME ROBARON UNA CAMIONETA…

Por Gabriel Cordero

 

Suena el teléfono de mi oficina y me comunican a Don Chonchete Billete. Con la sequedad que lo caracteriza, sin mediar saludo, dispara:

-          Contador. Hace dos semanas nos robaron dos camionetas. Obviamente estaban aseguradas. Ya cumplimos con todos los requisitos que nos pidió la aseguradora y hoy nos depositaron ese dinero. Mi duda es que si ese depósito me lo vas a tomar como un ingreso. ¿No se puede hacer de esas magias que luego haces?

-          Buenas tardes, Don Chonchete. ¿Ya estaban pagadas las dos camionetas?

-          Una ya. La otra apenas la adquirimos hace seis meses y se está pagando.

-          El artículo 37 de la Ley del ISR nos establece que si la cantidad recuperada se reinvierte en un bien de naturaleza análoga a los que perdió o bien se pagan pasivos por la adquisición de dichos bienes, entonces la cantidad que le pagó el seguro, no se considerará un ingreso acumulable.

Por lo tanto, de la camioneta que ya estaba pagada, si compra una nueva, el depósito que le hicieron hoy, no será acumulable. Y de la camioneta que todavía debe, si paga ese dinero que hoy le depositaron para saldar dicho pasivo, no será un ingreso acumulable.

-          ¡Contador Gabriel! ¡Por eso eres mi contador!

-          No se emocione, Don Chonchete. De la camioneta que compre, los porcentajes que podrá deducir serán los que faltaban por deducir de la camioneta robada.

-          Ya sabía que me ibas a salir con una mala noticia, conta…

-          Pero ahí le va una buena: de las camionetas robadas, se podrá deducir en este año lo que faltaba por deducir.

-          ¿Y si quiero comprar una camioneta que cueste un poco más?

-          Entonces lo que invierta de más, eso sí se considerará como una inversión nueva y se comenzará a deducir como una inversión diferente.

-          Ok. Oye, conta, la compra de las nuevas unidades la tengo que hacer dentro de este mes, supongo.

-          Supone mal, Don Chonchete. Tiene doce meses para hacerlo. Y quiero ser claro aquí: son doce meses contados a partir hoy, que fue cuando usted está recibiendo el dinero del seguro. Si no le da tiempo dentro de esos doce meses, tendremos que solicitar a la autoridad fiscal un plazo adicional de otro año. Pero no invente, Don Chonchete… si en un año no ha invertido otra vez ese dinero en comprar otras dos camionetas, creo que usted va a perder más dinero por no tener esas unidades de reparto.

-          No te preocupes, conta. Me conoces bien y sabes que mañana mismo comienzo a cotizar para volver a comprar otras dos camionetas. Adiós.

Y sin más formalidades, me colgó. Típico de Don Chonchete.

Coloqué mi teléfono inalámbrico en su base, le di un sorbo a mi café y seguí escribiendo un artículo para mi blog…

 

 

¿Tienes dudas? Escríbeme.

Quien le entiende a su contador, paga menos impuestos.

 

¿Ya leyeron el libro IMPUESTOS Y DRAGONES?

 

*Gabriel Cordero es Contador Público, con Especialidad en Fiscal y Maestría en Contribuciones. Asesor de empresas como la tuya. Capacitador en temas fiscales, laborales y de seguridad social. Autor del libro IMPUESTOS Y DRAGONES, el mejor libro de impuestos para NO CONTADORES.

Twitter: @gabe_cordero

Esta columna fue publicada en EL HERALDO DE PUEBLA el día 13 de mayo de 2022 en la página 6.



INPC DE ABRIL 2022

 El pasado martes 10 de mayo de 2022, se publicó el INPC de abril.

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